EL PAíS › REPORTAJE A CARMEN ARGIBAY

“Ya no pueden reclamar ni los bancos ni los ahorristas”

La jueza de la Corte Suprema le dijo a Página/12 que llevará por lo menos tres años devolver el dinero a todos los damnificados. Explicó los alcances del fallo que ordenó restituir la totalidad de los ahorros y estimó que el tribunal tardará unos meses en resolver los planteos sobre la pesificación de las deudas hipotecarias y los depósitos judiciales.

 Por Irina Hauser

El jueves a la nochecita Carmen Argibay se puso a armar las valijas para ir a pasar enero a Miramar, su playa de siempre. Tenía una sensación refrescante, de un gran alivio, contó, porque la Corte Suprema pudo resolver la discusión sobre la pesificación tras cinco años de idas y vueltas. En medio del disfrute, la sorprendió la noticia sobre el secuestro de Luis Gerez. De los dos temas habló con Página/12.

–¿Es cierto que el fallo de esta semana cierra por completo la discusión sobre la pesificación?

–No sé si la cierra completamente. Nosotros tratamos de dar solución a toda la enorme cantidad de causas que están en la Corte. Habrá que ver qué piensa hacer la gente. Porque, por ejemplo, pueden iniciar juicios por daños y perjuicios. Algunas personas se quejan: dicen que aunque les devuelvan el capital perdieron intereses durante todos estos años. La verdad es que nunca reclamaron eso, así que no teníamos por qué resolverlo. Es materia de otro juicio. Los amparos sólo apuntaban a recuperar lo depositado.

–¿Y los bancos? ¿No podrían reclamar alguna compensación al Estado?

–Me parece que el Estado ya los compensó bastante. Los financió a todos para que no perdieran.

–Pero la posibilidad de reclamo ¿existe?

–Supongo que alguno será capaz de hacerlo. Pero no creo. No me van a decir que en estos cinco años no pensaron en reservar fondos como para poder pagar todas estas cosas. Ellos siguieron vendiendo el dólar altísimo y lo que le devolvían a la gente era nada. Y seguía habiendo dólares. No me cabe la menor duda de que los bancos tienen el mejor colchón ya hecho.

–Le digo un tema concreto: los bancos que pagaron parte de los amparos cuando el dólar rozaba los 4 pesos, ¿tienen derecho a pedir algún resarcimiento o pretender pagar menos ahora?

–No. La Corte estableció que los que restituyeron parte del depósito, ya lo devolvieron y no importa cuánto sea. Ya está y se computa como un pago a cuenta. No puede haber reclamo tampoco de la parte damnificada, porque deja de existir como damnificada. Lo que nosotros hemos dicho con estas cuentas bastante raras es que el límite es el dólar: si la Cámara condenó al banco a devolver diez mil dólares, el banco debe devolver la cantidad de pesos necesarios para comprar esos diez mil dólares. No me importa cuánto es, ni si lo hace con el 1,40 más el CER, más el 4 por ciento de interés o si quiere devolver directamente dólares, quizá incluso le conviene. Además, los bancos fueron los que interpusieron el recurso extraordinario, no existe el recurso extra-extraordinario para los ahorristas.

–¿Es cierto que usted estuvo a punto de no firmar el fallo?

–No exactamente. No quería hacer un voto aparte si conseguíamos conciliar y hacer uno solo que respetara las posturas de todos. El punto es que cuando yo pedí que incluyeran la inconstitucionalidad del decreto 214 (de pesificación) me dijeron que no, porque algunos no querían reconocerla. Entonces yo les dije que eso no lo firmaba y que haría mi propio voto. Los únicos que no habíamos opinado en el fallo Bustos (que en 2004 convalidó la pesificación para los depósitos mayores a 70 mil dólares) éramos Ricardo Lorenzetti y yo, que no estábamos en la Corte. Lorenzetti tenía, sin embargo, escritas muchas cosas sobre la inconstitucionalidad, pero parece que no quería decirlas ahora. Yo nunca había escrito nada y quería decir lo que opinaba. Si lo incluían en el voto conjunto lo firmaba, si no, no. Por eso hice un voto aparte.

–Pero usted también apoyó el voto conjunto, que decía que declarar la inconstitucionalidad podía generar un caos económico e institucional.

–Lo firmé sólo porque coincidía en la parte dispositiva. Yo creo que hay que devolverles el total a los ahorristas porque es inconstitucional el decreto 214. Pero para terminar con este problema, que si no no encontraba salida; y dado que se llegaba a la misma solución práctica, entonces adherí a lo que hicieron mis colegas.

–¿No es contradictorio? La postura mayoritaria decía que la pesificación es constitucional.

–Dijeron que hay que devolver los depósitos con una determinada fórmula. De acuerdo con la Ley de Emergencia, la pesificación en sí es perfectamente legítima. En ese caso, el Poder Legislativo determina cuál es la moneda de pago para todas las operaciones. Lo que es inconstitucional es el decreto 214, que instala la pesificación asimétrica.

–¿Por qué exclusivamente el decreto?

–Una cosa es decir que hay que pagar en pesos la cantidad equivalente para equiparar los dólares depositados, y otra cosa es decir: “Sí, les vamos a pagar en pesos pero mucho menos”. Por eso es inconstitucional, esencialmente porque el Poder Ejecutivo asumió funciones legislativas que no le habían sido dadas. El único mandato que tenía era para dictar un decreto reglamentario de la Ley de Emergencia y lo que hizo fue dictar un decreto de necesidad y urgencia, cuando no había ningún motivo para dictarlo y tampoco siguió los pasos que marca la Constitución para que fuera válido. Es decir, ¡todo mal con ese decreto 214!

–¿Cuánto tiempo va a tardar la Corte en cerrar las 60 mil causas de ahorristas que se acumularon en estos años?

–Hicimos un cálculo con el secretario y me dio un ataque de dolor de cabeza. No sabemos cómo vamos a hacer. Calculamos que sólo haciendo remisiones al fallo de esta semana, vamos a tardar por lo menos tres años. Pero para eso tenemos que firmar 500 fallos por semana. Es tremendo.

–¿Qué otras causas sobre pesificación quedan pendientes?

–Está todo el debate sobre las hipotecas bancarias, los mutuos entre particulares y los bienes de inversión. Pero también queda la pesificación de los depósitos judiciales. Son causas todas distintas. En algunas se discuten los casos en que se acordó que la gente le pagaba al banco y éste a los acreedores, pero el banco no pagó y se iniciaron las ejecuciones. También hay deudores que dejaron de pagar mucho antes de la crisis. A veces se trata de una vivienda familiar hipotecada para la compra, a veces las hipotecas eran para otros fines. Y hay que analizar la nueva ley sobre deudores hipotecarios.

–¿Cuándo van a resolver estos temas?

–El problema es que hay que resolver caso por caso. A lo mejor alguna sale en febrero o marzo, pero no lo creo. Están corriendo los plazos para que las partes hagan sus observaciones y luego tendrá que opinar el procurador. En la causa sobre depósitos judiciales, necesitaríamos encontrar una especie de “causa madre” para destrabar todas las demás. Generalmente los depósitos judiciales tienen que ver con pagos de indemnizaciones, con menores o con sucesiones. Ahí, si el juez ordenó depositar dólares, me parece que van a tener que devolver dólares o por lo menos en pesos la suma necesaria para completar el valor en dólares.

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Imagen: Gustavo Mujica
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