EL PAíS › LA NULIDAD DE LAS LEYES DE IMPUNIDAD EN EL 2005

La Corte Suprema quedó a salvo

Seis integrantes de la Corte Suprema de Justicia fueron sobreseídos de una causa iniciada por un grupo de militares que se atrevieron a acusarlos de prevaricato, es decir, de dictar normas contrarias a la ley, por anular las leyes de Obediencia Debida y Punto Final en junio del año pasado.

La medida adoptada por la sala I de la Cámara Federal porteña favoreció a los ministros Antonio Boggiano, Juan Carlos Maqueda, Eugenio Zaffaroni,

Elena Highton de Nolasco, Carmen Argibay, Enrique Petracchi y Ricardo Lorenzetti, quien al momento de declarar la inconstitucionalidad de las llamadas “leyes del perdón” expresó: “No todo delito, como los de lesa humanidad, puede olvidarse. Y los delitos que no pueden olvidarse, no deben olvidarse. Esta afirmación integra la Constitución nacional”.

Fue el fiscal federal Edgardo Marceno quien solicitó la desestimación de la denuncia por “inexistencia de delito”, ratificada luego por el juez Daniel Rafecas, pero apelada ante la Cámara por los denunciantes, que parecen no haberse convencido con la sentencia de 314 páginas presentada por la Corte, si es que la leyeron. El fallo de la Cámara, que se emitió antes de iniciarse la feria invernal, confirmó la decisión de rechazar a los denunciantes como querellantes, ya que “no son damnificados directos” de la sentencia dictada por la Corte.

El fallo emitido el 14 de junio de 2005, considerado como uno de los más importantes de la historia judicial argentina, estuvo en consonancia con lo dictaminado dos años antes por el Congreso Nacional, que anuló las leyes de impunidad por considerar imprescriptible la desaparición forzada de personas y la apropiación indebida de menores, ya que constituyen crímenes de lesa humanidad. El disparador fue el caso del desaparecido matrimonio Poblete, cuya hija fue apropiada por sus secuestradores, y por el que actualmente está siendo juzgado el represor Julio Simón. La Corte, al convalidar la norma que anuló las leyes de Obediencia Debida y Punto Final, retrotrajo la situación legal a 1986, permitiendo juzgar, de forma definitiva, los crímenes cometidos por la última dictadura militar.

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