SOCIEDAD

El daño moral del despido

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo porteña ordenó indemnizar por “daño moral” a un repositor del sector verdulería de una cadena de supermercados, acusado de supuesto “acoso sexual” contra la hija de una clienta. El tribunal consideró que a partir de aquella denuncia, que le imputó al trabajador un delito penal que nunca fue probado, la empresa adoptó actitudes para con él que derivaron en un “despido indirecto”. Los jueces de la Sala VII resolvieron así la ruptura laboral ocurrida en mayo de 2005, a raíz de una serie de episodios derivados de la acusación de una clienta sobre el supuesto “acoso sexual”, nunca denunciado penalmente.

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