SOCIEDAD › PEDIDO DE LA CORTE BONAERENSE A TODOS LOS TRIBUNALES

El registro de violadores, en marcha

La Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires pidió que todos los juzgados y tribunales del distrito contribuyan a la conformación del Registro de Condenados por Delitos contra la Integridad Sexual de manera tan inmediata como operativa: comunicando, en un plazo máximo de cinco días de dictadas, las condenas por delitos contra la integridad sexual. La resolución puso en marcha la conformación de la base de datos ordenada por la ley y que, se espera, permita monitorear la situación de los crímenes sexuales.

De acuerdo con las instrucciones, cada juzgado ha de suministrar al Registro el número de expediente y los datos del condenado: su identificación y apodos, nacionalidad, estado civil, domicilio o residencia, oficio o profesión y número de documento; también debe detallar fecha y lugar en que se cometió el delito, así como la “calificación jurídica del hecho y condena impuesta, fecha en que la misma adquirió firmeza, fecha de vencimiento y caducidad de la misma”. La información también alcanza a “la Unidad Fiscal de Investigación y Juzgados de Garantías que hubieran intervenido con anterioridad”.

En la Resolución 2305/09, los magistrados Luis Genoud, Hilda Kogan, Héctor Negri, Eduardo Pettigiani y Eduardo De Lazzari instan a los jueces a procurar que los tribunales comiencen, a la brevedad, a aportar los datos personales de los condenados para que, al formarse en los hechos, el Registro permita “prevenir y evitar la reincidencia” de quienes han sido sentenciados por ese tipo de delitos. Al instruir así a los tribunales, la Corte provincial comenzó a dar cumplimiento a la Ley 13.869, que determinó la creación del Registro de Condenados por Delitos contra la Integridad Sexual.

La información contenida en el Registro sólo será accesible para la consulta de instituciones que puedan demostrar la existencia de un “interés legítimo” por el cual demandan conocerla, de acuerdo con lo establecido en los fundamentos de la norma que lo crea. Cuando la información refiera casos de condenados que están en libertad, la Corte instruyó a los tribunales inferiores que consignen “fecha de otorgamiento de la libertad” y expliquen las razones: “por agotamiento de condena, por haber obtenido algún tipo de libertad anticipada o por otros casos”.

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