SOCIEDAD › LA CORTE PROVINCIAL DESCARTó QUE UN CRIMEN OCURRIDO EN 1990 SEA IMPRESCRIPTIBLE, PERO NO LO CERRó

No es de lesa pero no prescribe

El caso de Andrés Núñez, torturado hasta la muerte, quemado y enterrado bajo un tanque australiano por policías bonaerenses en 1990 no es de lesa humanidad según la Corte provincial, que dispuso que aún no prescribió.

La Suprema Corte bonaerense resolvió que el crimen del albañil Andrés Núñez, torturado hasta morir en 1990 por Bonaerenses de la entonces Brigada de Investigaciones de La Plata, no configura un delito de lesa humanidad, pero consideró que la causa por el homicidio no prescribió. El pedido de que fuera configurado de ese modo había sido realizado por su viuda, Mirna Gómez, quien intentaba evitar la prescripción de la causa mientras uno de los imputados, Pablo Gerez, permanece prófugo desde entonces, y otro, José Ramos, se encuentra con suspensión del proceso por inhabilitación psiquiátrica. El caso llegó hasta la Corte luego de que la Cámara de Casación, en 2009, hubiera rechazado el recurso por improcedente. En el caso Bulacio, la Corte Interamericana había señalado que no se trata de un delito de lesa humanidad, pero no puede oponerse obstáculos de índole procesal para averiguar la verdad y dar respuesta a familiares de víctimas de delitos graves. Dos ex Bonaerenses, Víctor Dos Santos y Alfredo González, se encuentran condenados a perpetua, acusados de haber torturado y dado muerte al albañil; el ex comisario Rubén Ponce, prófugo durante 20 años, fue detenido el año pasado cerca de Junín de los Andes, donde vivía con otro apellido y aguarda ir a juicio. Núñez permaneció como de-saparecido hasta que en 1995 un testigo reveló que lo habían quemado y enterrado bajo un tanque australiano en una quinta de un familiar de Gerez.

El máximo tribunal provincial debía decidir si el secuestro, tortura y muerte de Núñez era imprescriptible. Y en un fallo dispuso que detrás del asesinato del albañil “no hubo un plan sistemático orquestado por la fuerza provincial para hacerlo desaparecer”.

Los crímenes de lesa humanidad incluyen, según la legislación, los actos de asesinato, exterminio, esclavitud, tortura, violación y desaparición forzada de personas llevados a cabo como parte de un ataque generalizado o sistemático dirigido a una población civil. En el caso de Núñez, consideraron que no se cumplían estas exigencias, ya que no se pudo demostrar que se tratara de un hecho de persecución masiva ni sistemática y que el sujeto de esa persecución no era un grupo de la población sino a un solo individuo.

De todos modos, los jueces Héctor Negri, Daniel Soria, Hilda Kogan y Eduardo Pettigiani sostuvieron que “cuando pudiere estar en discusión diversos encuadres jurídicos no procede declarar prescripta la acción penal si no ha transcurrido el tiempo previsto para que ella opere. Todo lo cual cobra mayor fuerza de convicción cuando se tiene presente el irreductible compromiso que cabe atribuir al Estado en la investigación, esclarecimiento y eventual condena a los responsables de graves violaciones a los derechos humanos”.

La Corte revocó el fallo de la Sala II del Tribunal de Casación bonaerense que en 2009 había rechazado por improcedentes los recursos del particular damnificado que apuntaban a evitar la prescripción y ordenó que las actuaciones vuelvan al tribunal de origen. Por otro lado, ordenó acelerar las investigaciones tendientes a elevar a juicio oral al ex comisario Rubén Ponce, quien se encuentra con prisión preventiva desde agosto del año pasado. El fallo va en la dirección de la decisión de la Corte Interamericana en el caso Bulacio. Allí la CIDH sostuvo que, aunque no se tratara de un caso de lesa humanidad, cuestiones de índole procesal como lo es la prescripción no pueden oponerse para impedir averiguar la verdad y dar respuesta a los familiares de víctimas de delitos graves.

Ponce fue detenido en un sendero mapuche próximo a Bariloche. Se había instalado hacía dos décadas en Junín de los Andes como Raúl Peralta. Eligió mal el apellido. Un vecino de esa ciudad creyó que se trataba del ex comisario santafesino buscado por delitos de lesa humanidad César Peralta, y lo denunció como tal. Cuando lo detuvieron en el bosque, luego de perseguirlo 60 kilómetros hasta que se averió su auto, y bajó para intentar escapar a pie, descubrieron que no era el Peralta buscado sino el prófugo Ponce.

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González y Dos Santos, condenados a perpetua por las torturas y muerte de Núñez.
 
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