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Beneficio de la duda

La Cámara Federal de Casación Penal (CFCP) anuló la condena de 15 años de prisión que se le había impuesto a un joven por el homicidio de otro, cometido a balazos a la salida de un boliche porteño, al aplicar el principio de favorecer al reo en caso de duda. El fallo que benefició a Hugo Matías Acevedo, de 30 años, mediante el principio de “in dubio pro reo” (la duda beneficia al reo) y ordenó su “inmediata libertad” fue dictado por mayoría de la Sala III de la CFCP. Los camaristas Eduardo Riggi y Juan Gemignani afirmaron que las pruebas eran insuficientes, pero Liliana Catucci, en disidencia, votó por confirmar la condena del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 6, que había condenado por el delito de “homicidio agravado por el uso de un arma de fuego”. El hecho que se juzgó fue el homicidio de Francisco Emilio Norberto, registrado la madrugada del 19 de enero de 2014, cerca del local bailable “Tabasco”, adonde la víctima había ido a bailar con unos amigos. El TOC 6 dio por acreditado que esa madrugada, alrededor de las 6.30, el grupo que acompañaba a Norberto tuvo un altercado con otros jóvenes, entre quienes estaba Acevedo. De acuerdo con la primera sentencia, fue Acevedo quien disparó con una pistola calibre 9 milímetros a la víctima. Sin embargo, para la Cámara no quedó debidamente acreditada la presencia del imputado esa noche en el lugar.

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