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Los argumentos del fallo

- “Habiendo destacado la contumaz conducta de los cacos durante todo el tiempo que transcurrió desde la rotura de la ventanilla del auto y la persecución por las calles, hasta que se producen los disparos fatales, y habiendo resaltado la Justicia Penal la legitimidad de la conducta del demandado y la agresión ilegítima de los delincuentes, quienes persistían en su conducta sin siquiera hacer ademán o demostrar intención de cesar en el ataque al demandado, resulta claro para esta Vocalía que existe corresponsabilidad en el hecho y que la de los delincuentes es mucho mayor que la del demandado”.
- “Tal como se sostiene en la sentencia penal, no se trata de un resultado al que se llega porque el demandado, sin causa alguna, se hubiera puesto al lado del auto de las víctimas y le hubiera efectuado sendos disparos en forma espontánea y sin motivo alguno”.
- “La conducta de todos los intervinientes está interrelacionada y el ataque ilegítimo al demandado produjo la reacción de éste, reacción para la cual estaba legitimado hasta que se excede en el medio empleado, o sea que ese ataque injusto e ilegal al demandado que efectuaran los cacos, colocándose de este modo fuera del derecho, implica una relación de causalidad entre la conducta de todas las personas que intervinieran y permite afirmar, sin temor a error, que sin el ataque de Aguirre y González al Sr. Santos y el mantenimiento de los primeros en su conducta ilegítima, no se hubiera producido el hecho que se discute en autos”.

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