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Viernes, 26 de noviembre de 2004

LEYES Y NUMEROS ¿Y las leyes qué?

El Movimiento de Mujeres, la Fiscalía de la Mujer y la Procuraduría de Derechos Humanos, apoyadas por las relatoras de Naciones Unidas, Susana Villarán y Yakir Ertürk, han solicitado varias modificaciones a las leyes guatemaltecas, entre las que destacan:
1. Eliminar el artículo que exime de responsabilidad al violador por medio del matrimonio, si la victima es menor de edad.
2. Sancionar y tipificar el acoso u hostigamiento sexual, ya que se encuentra como falta y debe estar como delito.
3. Penalización de la violencia intrafamiliar. Tipifica: el maltrato mediante restricción de libertad, la violencia psicológica y patrimonial.
4. Modificar cuando dice que la violación sólo puede suceder si se comete contra una mujer por la vía vaginal. Se debe contemplar también la vía anal y oral. Y que se incluya también cuando les sucede a niños hombres y adultos hombres.
5. Eliminar los calificativos de la ley, especialmente la palabra “honorabilidad” asociada a la mujer.
6. El incesto tiene una sanción muy débil y debe tomarse como violación agravada. La persecución debe ser permanente. Agregar la violación con agravante si el delito lo comete el cónyuge, esposo o convivente.
7. Cuando las mujeres embarazadas, indígenas, trabajadoras de casa, emigrantes, refugiadas, desplazadas o que están en una situación de desventaja social sean agredidas sexualmente, el hecho debe ser tomado como un agravante.

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