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Jueves, 4 de noviembre de 2010

CIUDAD › VENCE PLAZO PARA PROTEGER A LA VIVIENDA úNICA

Recta final para evitar el remate

En diez días, el 15 de noviembre, vence el plazo para adherir al procedimiento especial para la protección de la vivienda única. Desde ayer, el Consejo Asesor de Defensa de la Vivienda Unica municipal implementa un operativo en los barrios para que los interesados puedan acercarse y consultar. En ese sentido, el concejal de Proyecto Sur, Alberto Cortés presentó un proyecto de Resolución a través del cual solicita a la Legislatura provincial la prórroga hasta el 31 de diciembre y además solicita al Ejecutivo que realice una efectiva publicidad en los medios sobre esta norma.

A fines de agosto, la Legislatura provincial dio sanción definitiva a la Ley 13116 que establece un procedimiento especial de emergencia para que el juez competente en las subastas judiciales que fueran suspendidas por sucesivas leyes, practique la liquidación del total adeudado y establezca una forma de pago, a fin de cancelar la deuda sin la pérdida de la vivienda única, familiar y permanente del deudor o demandado.

"Se trata de una respuesta para quienes están en situación de perder su vivienda única por deudas en tiempos de emergencia. Este instrumento es un paso adelante porque salvar una vivienda es un paso adelante. No le estamos quitando los derechos de los acreedores, muy por el contrario, le estamos dando un instrumento a la gente que quedó afectada por una emergencia", destacó el diputado Raúl Lamberto.

El procedimiento especial podrá iniciarse a pedido de parte hasta el 15 de noviembre, en cualquier etapa del proceso. Su inicio implica la suspensión de los trámites de ejecución de sentencia.

En todos los casos el juez debe intimar a las partes a que en el plazo máximo e improrrogable de 15 días de iniciado el procedimiento, acompañen liquidación detallada y actualizada de la deuda, con el objeto de que en una audiencia posterior presenten las observaciones pertinentes y arriben a acuerdos conciliatorios.

En un plazo que no puede superar los 10 días de celebrada la audiencia, si no hubiera acuerdos, el Juez debe determinar la suma adeudada, considerando, entre otras cosas, los derechos constitucionales de propiedad y de acceso a una vivienda digna y la protección integral de la familia y la capacidad económica del grupo familiar conviviente.

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