14:07 › EX DIRECTOR DEL MUSEO NACIONAL DE BELLAS ARTES

Revocan el procesamiento de Jorge Glusberg

La Cámara Federal revocó el procesamiento, por presuntas negociaciones incompatibles con la función pública, del ex director del Museo Nacional de Bellas Artes, Jorge Benjamín Glusberg, y ordenó al juez Sergio Torres que
"adopte un temperamento expectante" hasta que se realicen diversas medidas de prueba.

Así lo determinó la Sala I del Tribunal en una resolución, en la que los camaristas Martín Irurzun y Eduardo Farah entendieron que, por el momento, no estaban acreditados los hechos que se le imputan a Glusberg, que se habrían cometido entre 1996 y 1997, según lo denunciado.

Al ex director del Museo, quien se desempeñó en ese cargo entre el 13 de octubre de 1994 y el 18 de diciembre de 2003, se lo acusaba por presuntas conductas irregulares cometidas mediante la publicación de libros, catálogos y folletería de ese centro cultural promocionando diversas exposiciones.

En primera instancia Glusberg fue procesado por la figura prevista y reprimida en el artículo 265 del Código Penal que castiga con prisión de uno a seis años a quien "directamente o por persona interpuesta o acto simulado se interesare en miras de un beneficio propio o de un tercero en cualquier contrato u operación en que intervenga en razón de su cargo".

El magistrado sostuvo que el funcionario "participó en las decisiones económicas que rodeaban la puesta en exhibición de las muestras temporales que se realizaban en el museo, las cuales generaban un manejo importante de fondos, de manera tal que se procuró un beneficio económico indebido".

Sin embargo, los camaristas revocaron esa decisión al considerar que "deberá ahondarse la investigación", ya que "hasta el momento los únicos dichos recabados a tal efecto son los de Cándido González Santana", quien "no ha podido dar respuesta" a los interrogantes que se plantearon los magistrados, quienes sugirieron que se cite a los responsables de las empresas que confeccionaron la folletería.

El artículo al que aluden los camaristas para ordenar la adopción del "temperamento expectante" es el 309 del Código Procesal Penal, que refiere a la "falta de mérito" que deberá dictarse cuando "el juez estimare que no hay mérito para ordenar el procesamiento ni tampoco para sobreseer ... sin perjuicio de proseguir con la investigación".

En la misma resolución en la que Torres procesó a Glusberg por "negociaciones incompatibles con la función pública", lo sobreseyó respecto de la sustracción, el 7 de septiembre de 1995, de dos obras de Henry Toulouse Lautrec, al considerar que "nada permite achacarle una actuación negligente" que provocase la sustracción de esos cuadros.

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Jorge Glusberg
Imagen: DyN
 
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