22:33 › PODRáN SER JUZGADOS

Abrirán más causas penales contra dictadores uruguayos

Los represores Juan María Bordaberry y Gregorio Alvarez deberán responder nuevamente por violaciones a los derechos humanos luego de que la Suprema Corte de Justicia declarara inconstitucional la Ley de Caducidad en una veintena de casos.

El pronunciamiento del máximo órgano se conoció hoy y abarca a una veintena de casos que se suman a otros que venían procesándose y por los cuales ambas figuras políticas fueron encarceladas. Todos están aunados en el expediente caratulado "Organizaciones de Derechos Humanos denuncian" incluye las muertes de Óscar Fernández Mendietta, Gerardo Alter, Walter Hugo Arteche, Gilberto Goghlan, Aldo Perrini, Iván Morales, Óscar Olveira, Amelia Lavagna, Carlos Curuchaga, Pedro Lerena, Carlos Argenta, Julián López, Nicanor Aldabalde, Eduardo Mondello, Ivo Fernández, Silvina Saldaña y Humberto Pascaretta.

Se trata de militantes de organizaciones populares, que fueron detenidos, torturados, asesinados y/o desaparecidos durante la última dictadura que se extendió desde 1973 a 1985.

La declaración de inconstitucionalidad de la Ley de Caducidad, conocida también como ley de impunidad, posibilita investigar sin las trabas que establece la propia norma, aprobada en 1986, a un año de la caída del régimen de facto.

La ley fue sometida a plebiscito en 1989 y en 2009 buscando su anulación, pero en las dos ocasiones la población votó a favor de mantenerla, de manera que, por ahora, solamente se puede juzgar a los responsables de diversos crímenes a través de la denuncia individual de las víctimas o sus familiares.

Esta es la segunda declaración de inconstitucionalidad de la ley por parte de la Corte Suprema, sin que ello siente precedente, razón por la cual algunas corrientes del gobernante Frente Amplio (FA) y organizaciones sociales impulsan campañas para eliminar definitivamente sus más polémicos artículos.

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