Las condenas

  • Omar Chabán (ex gerenciador de Cromañón): condenado como autor penalmente responsable del delito de incendio culposo (es decir, sin intención) seguido de muerte en concurso real con el delito de cohecho activo. En el juicio había sido condenado a 20 años de cárcel por el delito de incendio doloso seguido de la muerte de 193 personas y heridas en 1432 personas y cohecho activo.

  • Diego Marcelo Argañaraz (ex manager del Grupo Callejeros): condenado como autor penalmente responsable del delito de incendio culposo seguido de muerte en concurso real con el delito de cohecho activo en calidad de partícipe necesario. Había sido condenado a 18 años de cárcel por ser partícipe necesario del delito de incendio doloso seguido de la muerte de 193 personas y heridas en 1432 personas y cohecho activo.

  • Carlos Rubén Díaz (ex subcomisario): condenado como autor penalmente responsable del delito de incendio culposo seguido de muerte en concurso real con el delito de cohecho pasivo. Había sido condenado a 18 años de prisión por el delito de cohecho pasivo en concurso real con incendio doloso en grado de partícipe necesario.

  • Raúl Alcides Villarreal (ex colaborador de Chabán): condenado como autor penalmente responsable del delito de incendio culposo seguido de muerte en concurso real con el delito de cohecho activo en calidad de partícipe necesario. Había sido condenado a 1 año de prisión en suspenso por ser partícipe secundario del delito de cohecho activo.

  • Fabiana Fiszbin (ex funcionaria del Gobierno de la Ciudad): condenada como autora penalmente responsable por el delito de omisión de los deberes de funcionario público en concurso ideal con el delito de incendio culposo seguido de muerte. Había sido condenado a 2 años de cárcel por el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público.

  • Ana María Fernández (ex funcionaria del Gobierno de la Ciudad): condenada como autora penalmente responsable por el delito de omisión de los deberes de funcionario público en concurso ideal con el delito de incendio culposo seguido de muerte. Había sido condenada a 2 años de prisión por el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público.

  • Gustavo Torres (ex director adjunto de Fiscalización y Control del Gobierno de la Ciudad): condenado como autor penalmente responsable por el delito de omisión de los deberes de funcionario público en concurso ideal con el delito de incendio culposo seguido de muerte. Había sido absuelto en el juicio oral.

  • Patricio Fontanet (integrante del Grupo Callejeros): condenado como autor penalmente responsable del delito de incendio culposo seguido de muerte en concurso real con el delito de cohecho activo en calidad de partícipe necesario. Había sido absuelto.

  • Eduardo Vázquez(integrante del Grupo Callejeros): condenado como autor penalmente responsable del delito de incendio culposo seguido de muerte en concurso real con el delito de cohecho activo en calidad de partícipe necesario. Había sido absuelto.

  • Juan Alberto Carbone (integrante del Grupo Callejeros): condenado como autor penalmente responsable del delito de incendio culposo seguido de muerte en concurso real con el delito de cohecho activo en calidad de partícipe necesario. Había sido absuelto.

  • Christian Eleazar Torrejón (integrante del Grupo Callejeros): condenado como autor penalmente responsable del delito de incendio culposo seguido de muerte en concurso real con el delito de cohecho activo en calidad de partícipe necesario. Había sido absuelto.

  • Maximiliano Djerfy(integrante del Grupo Callejeros): condenado como autor penalmente responsable del delito de incendio culposo seguido de muerte en concurso real con el delito de cohecho activo en calidad de partícipe necesario. Había sido absuelto.

  • Elio Delgado (integrante del Grupo Callejeros): condenado como autor penalmente responsable del delito de incendio culposo seguido de muerte en concurso real con el delito de cohecho activo en calidad de partícipe necesario. Había sido absuelto.

  • Daniel Cardell (integrante del Grupo Callejeros): condenado como autor penalmente responsable del delito de incendio culposo seguido de muerte en concurso real con el delito de cohecho activo en calidad de partícipe necesario. Había sido absuelto.

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