ECONOMíA › UN FALLO DE LA CORTE ORDENA DEVOLVERLES A LAS PROVINCIAS LA PARTE DE IMPUESTOS COPARTICIPABLES QUE RETIENE LA ANSES

Anses perderá poder para redistribuir fondos

La Corte ordenó suspender la deducción a tres provincias y convenir la devolución de sumas retenidas a partir de 2006. Involucra 90 mil millones de pesos y daría lugar a que demanden las restantes. Duro golpe a las finanzas de la Anses.

 Por Tomás Lukin

La Corte Suprema declaró inconstitucional la detracción del 15 por ciento de la masa de impuestos coparticipables que realiza el Estado nacional desde 1992 para financiar a la Anses. Los fallos que ordenan suspender, dentro de los próximos diez días, la deducción de esos fondos favorecen a las provincias de Santa Fe y San Luis. El mismo beneficio fue otorgado a Córdoba aunque en el marco de una medida cautelar. La decisión lleva la firma de los ministros Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt y Juan Carlos Maqueda. El texto ordena a las partes involucradas a convenir, dentro de los próximos 120 días, la forma y los plazos para reintegrar a esas tres provincias la suma retenida entre 2006 y 2015 más los intereses correspondientes. De acuerdo a datos preliminares del Palacio de Hacienda los tres casos acumularían una “deuda” por más de 90 mil millones de pesos. Si bien las sentencias del máximo tribunal no son generalizables, la determinación habilita al resto de las provincias que, hasta ahora, no habían tomada la decisión política de avanzar, a reclamar el mismo tratamiento. En ese caso, la cifra superaría los 400 mil millones de pesos.

La Corte Suprema exhortó a negociar la reforma pendiente del sistema de coparticipación federal. El momento de transición política elegido para comunicar su determinación no es casual y configura un desafío federal para el gobierno de Mauricio Macri, que deberá sentarse con todos los gobernadores fortalecidos para consensuar otro esquema de distribución de los recursos. Las conversaciones, estimaron desde algunas jurisdicciones que pretenden presentarse ante la Corte, deberán comenzar rápidamente. La decisión de los supremos enciende señales de alarma para la sustentabilidad del sistema de la seguridad social: uno de cada seis pesos con los que cuenta la Anses para su operatoria, desde el pago de jubilaciones hasta la cancelación de las sentencias judiciales, provienen de los impuestos coparticipables. Asimismo, el nuevo panorama impactaría, en el mediano plazo, sobre la movilidad de los haberes jubilatorios, ya que una parte de la fórmula utilizada depende de la evolución de los próximamente menguados recursos tributarios del sistema.

Con un sistema de seguridad social en quiebra, el gobierno nacional y las autoridades de las jurisdicciones subnacionales convinieron 23 años atrás la detracción del 15 por ciento de los fondos coparticipables para financiar una porción de las jubilaciones y pensiones. El pacto fue prorrogado sucesivamente durante la vigencia de las fallidas AFJP, cuando el déficit de financiamiento del sistema se agravó. A partir de 2006, la ley 26.078 del Presupuesto extendió el compromiso hasta que se sancione una nueva ley de Coparticipación Federal, como establece el artículo 75, inciso 2, de la Constitución Nacional. Los reclamos de las provincias “opositoras” comenzaron en 2009 después de la decisión del Estado nacional de renacionalizar el sistema jubilatorio. En las sentencias conocidas ayer la Corte Suprema argumentó que la Ley 26.078 no se trata de un ley-pacto entra Nación y Provincias como requeriría la Constitución (la reforma de 1994 le otorgó carácter constitucional a la materia de coparticipación). Por eso, los magistrados consideran en sus fallos referidos a Santa Fe y San Luis que la prórroga de 2006 fue unilateral y no tuvo la necesaria adhesión de las provincias.

Con esos argumentos, los ministros de la Corte dispusieron el cese de la detracción de los fondos en la proporción que le corresponde a las provincias, bajo apercibimiento de ordenar al presidente del Banco Nación que cumpla con la orden en el término de diez días. En otras palabras, desde la notificación formal del fallo, el gobierno central no puede retener el 15 por ciento de la masa coparticipable de impuestos a Santa Fe y San Luis. En el caso cordobés corre la misma decisión pero lo hace a través de una cautelar. Las sentencias disponen además que Nación reintegre a las provincias “la suma retenida indebidamente” desde el 1 de enero de 2006 más los intereses que correspondan.

Para hacer efectiva la condena, la Corte Suprema fijó un plazo de 120 días para que las partes acuerden la forma y plazos en que el Estado Nacional devolverá los fondos. En el Ministerio de Economía estiman que a Santa Fe y Córdoba le corresponderían, a cada uno, 40 mil millones de pesos mientras que para San Luis deberán destinarse otros 10 mil millones. La decisión de los supremos no están exenta de contradicciones. Por ejemplo, en el caso puntano la Nación se verá obligada a reintegrarle los fondos pero seguirá obligada a pagar las jubilaciones provinciales. Además, sugirió que Anses debería haber liquidado los recursos del FGS para atender sus necesidades de financiamiento.

Los fallos representan una incógnita para el financiamiento de la seguridad social. Los fondos que aporta la detracción de los fondos de la coparticipación rondan los 100 mil millones de pesos anuales sobre un presupuesto de 620 mil millones. Por eso, la reducción en el flujo de financiamiento serán un dolor de cabeza para el próximo Director Ejecutivo de la Anses. El pago de las jubilaciones y pensiones no corren riesgo en el corto plazo pero sí dificultaría, por ejemplo, el pago de las sentencias judiciales promovidas por la propia Corte Suprema. Tampoco impactará sobre la movilidad automática del mes de marzo pero menguará la base de cálculo para la actualización de septiembre ya que podrían verse afectados los ingresos de la Anses.

A pesar de sus graves implicancias para la sustentabilidad de la seguridad social, las decisiones de la Corte Suprema no sorprendieron a las provincias. Si bien el máximo tribunal estableció las condiciones para subsanar las diferencias en tres casos, la disputa se definirá en una negociación política entre Nación y provincias a la que los gobernadores llegarán fortalecidos. La necesidad de una nueva ley de coparticipación federal quedó establecida durante la última reforma constitucional. Debía concretarse antes del fin de 1996 pero eso nunca sucedió. La posible designación del presidente del Banco Ciudad, Rogelio Frigerio, al frente del Ministerio del Interior hace prever que Macri tampoco desconocía la inminencia de la decisión.

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El pago de la “deuda” con las provincias, en los términos resueltos por la Corte, podría comprometer el pago de juicios a jubilados.
Imagen: Leandro Teysseire
 
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