ECONOMíA › LA DENUNCIA OFICIAL POR VIOLACION
A LA LEY DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA

Con el aumento, peligran los expendedores

El argumento utilizado por la Subsecretaría de Defensa del Consumidor para denunciar a Esso y Shell se centra en el riesgo de cese de actividad en las bocas de venta que quedarían descolocadas por la suba de los combustibles.

 Por Maximiliano Montenegro

La Subsecretaría de Defensa del Consumidor presentó una denuncia por violación de la Ley de Defensa de la Competencia contra Shell y Esso que apela a un argumento original y que podría fundamentar la aplicación de multas de hasta 150 millones de pesos para las dos petroleras que aumentaron los precios de los combustibles. Según la acusación de la subsecretaría de Patricia Vaca Narvaja, a la que accedió Página/12, la actitud de las compañías –al subir los precios– amenaza la permanencia de las estaciones de servicio asociadas a esas marcas, lo cual perjudicaría a los consumidores porque restringirá en el futuro “la variedad y cantidad de la oferta de combustibles líquidos”. Dentro de los fundamentos de la presentación se explica que los dueños de las estaciones de servicio “no pueden por sí definir los precios de venta al público de los combustibles que expenden en sus establecimientos”, sino que les vienen fijados desde las empresas. Así, el Gobierno responsabiliza a Esso y a Shell de poner en riesgo a centenares de estaciones de servicio –que en los últimos días vieron caer en picada sus ventas–, lo cual profundizaría la concentración del mercado.
A la denuncia sumó ayer un testimonio en contra de las petroleras que puede ser clave. Néstor Cappiello, dueño de una estación de marca Esso en la localidad de Hurlin- gham, denunció que la compañía norteamericana no le permitía bajar los precios del surtidor, decisión que pretendía tomar para compensar caídas en las ventas del orden del 30 por ciento. “Ellos cambian los precios de los surtidores por modem, por computadora, desde la casa central, y no te dejan otra alternativa que aplicar el aumento”, afirmó Cappiello. El empresario pyme contó, además, que “por contrato nos obligan a respetar los precios que ellos determinan”, y dijo que temía “represalias” de la petrolera si bajaba los precios unilateralmente.
La argumentación de Defensa del Consumidor, cargando la responsabilidad por el cierre de estaciones de servicio en Esso y Shell, es, por lo menos, curiosa si se tiene en cuenta que fueron los dichos del presidente, llamando a un boicot de los consumidores contra Shell, los que dispararon el bajón en las ventas de las estaciones de servicio de esa bandera. Pero es original y abre, mediante un artilugio legal, la puerta para aplicar sanciones a las compañías mencionadas.
Hasta ahora nadie en el Ministerio de Economía creía que había elementos para aplicar la Ley de Defensa de la Competencia a Esso y Shell, tras la explosiva decisión de incrementar el precio de los combustibles. Dichas compañías no extraen petróleo en la Argentina, sólo lo refinan y comercializan, y en este segmento de la cadena acaparan entre ambas sólo el 30 por ciento del mercado de naftas y gasoil. Son, en realidad, Repsol YPF y Petrobras las empresas que están integradas en toda la cadena –extraen, refinan y distribuyen– y que tienen una “posición dominante” en el mercado de combustibles. Y en todo caso el cartel de las petroleras siempre funcionó de manera coordinada: las compañías del sector nunca compitieron por precios sino que se repartieron el mercado en perjuicio de los consumidores. Desde esta perspectiva, si la intención era aplicar sanciones por abuso de “posición dominante” o “prácticas anticompetitivas”, las dos figuras más conocidas de la Ley de Defensa de la Competencia, era imposible dejar fuera de las sanciones a Repsol YPF y a Petrobras.
La novedad de la denuncia de Defensa del Consumidor es que logra aislar, jurídicamente, a Shell y a Esso, de modo tal que puedan ser pasibles de sanciones individuales.
Los puntos principales de la exposición de Vaca Narvaja ante la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia son los siguientes:
- “Las empresas Shell y Esso han aumentado los precios de los combustibles –naftas y gas oil– entre un 2,6 y un 4,2%, perjudicandolacompetencia entre estaciones de servicio, conforme los argumentos que se desarrollan a continuación y correlativamente a los sujetos débiles del mercado, los consumidores.”
- “Sólo un 10% del parque de estaciones de servicio es operado directamente por las empresas refinadoras a través de personal en relación de dependencia. El restante 90% de la red de estaciones de bandera opera con la modalidad contractual conocida como “DODO” (dealer owneddealer operated, es decir que la propiedad y la operación corresponden al particular).”
- “Sin embargo, la libertad de los estacioneros está acotada.” A pesar de que las empresas refinadoras y/o distribuidoras no son propietarias de los establecimientos que operan bajo DODO, se han hecho cargo de las mejoras en dichas estaciones –invirtiendo en carteles, surtidores y tanques– y otorgando préstamos a los operadores.
- Además, “se ha desarrollado en el mercado una variante de la modalidad contractual referida, por la cual el propietario-operador de la estación recibe el combustible de las refinadoras en consignación y lo vende por su cuenta y orden. En estas condiciones los estacioneros no pueden determinar los precios finales al público. La modalidad a la que se hace referencia abarca la mitad de las estaciones que operan por contratos DODO y permite a las comercializadoras controlar el expendio de combustible”.
- “Siendo que los estacioneros no pueden por sí definir los precios de venta al público de los combustibles que expenden, existe grave preocupación desde la perspectiva de la defensa de la competencia en un contexto en que los consumidores poseen plena información respecto de las empresas que aumentaron.”
- “Así, las ventas de los expendedores marca Shell –930 estaciones de servicio en todo el país con contratos de exclusividad vigentes– han caído en un 70%.”
- “Se observa claramente que la permanencia de las estaciones de bandera de las empresas en cuestión (Esso y Shell) se ve seriamente amenazada de permitírseles desde el Estado continuar con esa postura, y ello acarreará un perjuicio para los consumidores, que verán restringida la variedad y cantidad de la oferta de combustibles líquidos.”
- “En esas condiciones, la conducta de Esso y Shell encuadra dentro de las previsiones del artículo 1º de la Ley de Defensa de la Competencia por cuanto tienen por objeto o efecto limitar, restringir, falsear o distorsionar la competencia o el acceso al mercado, con perjuicio para el interés económico general.”
- “El artículo 1º de la Ley prevé multas de 10 mil hasta 150 millones de pesos para las empresas culpables de las prácticas denunciadas. Ahora el expediente está bajo la evaluación de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, que conduce Ismael Malis, que responde a Roberto Lavagna. Es el organismo que deberá emitir un dictamen sobre el asunto para que después el secretario de Coordinación Técnica de Economía, Leonardo Madcur –otro hombre de Lavagna–, determine qué sanciones les corresponde a las petroleras díscolas. Se vienen días difíciles para el ministro de Economía, quien en los últimos días optó por no participar de la batalla librada por el presidente Kirchner contra las empresas que encendieron la mecha de los precios.

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Los expendedores, cautivos de las petroleras. “Nos obligan a respetar los precios que ellos fijan.”
 
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