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Régimen de penalidades

Cuando los operadores privados no cumplan con la oferta de servicios, la puntualidad o los parámetros de calidad en materia de limpieza de formaciones y estaciones, serán multados. Las sanciones en el nuevo régimen de penalidades contemplan multas y hasta el desplazamiento como operador ante faltas de gravedad o el cúmulo de incumplimientos sin modificación de la conducta. La CNRT y la Sofse, dos organismos estatales que dependen del Ministerio de Interior y Transporte, estarán a cargo de controlar a las empresas BRT-Metrovías y Emepa-Ferrovías.

A diferencia del laxo esquema establecido durante las privatizaciones, los operadores deberán abonar las multas en el plazo de 30 días hábiles después de agotada la instancia administrativa. Si no lo hacen, se procederá a detraer el monto de las multas de la retribución mensual por operación. Los acuerdos de operación firmados con las empresas establecen la obligación del operador de informar sobre el personal responsable de áreas técnicas estratégicas como “operaciones”, “vías y obras”, “energía eléctrica, señalamiento y comunicaciones” y “material rodante”. Desde Interior y Transporte destacan que se trata de una decisión importante al momento de deslindar responsabilidades frente a incumplimientos y accidentes. Además, el acuerdo prevé un detallado procedimiento contable para la rendición de ingresos y egresos que apuntará a mejorar la transparencia del sistema.

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