EL PAíS › SE FIRMó AYER EN EL SENADO

Claves del dictamen

Luego de un debate a puertas cerradas entre los senadores del Frente para la Victoria, el subdirector de la Secretaría de Inteligencia, Juan Martín Mena; el ex titular de la Policía de Seguridad Aeroportuaria, Marcelo Saín, y los representantes del Cels, Horacio Verbitsky y Paula Litvachky, el oficialismo pasó a la firma el dictamen que contiene varias modificaciones al proyecto original y mantiene otras. Aquí se enumeran algunos de los ejes centrales:

- Se mantiene el encuadre de las actividades de Inteligencia en “el marco jurídico de la Constitución Nacional, los Tratados de Derechos Humanos suscriptos, los que se suscriban con posterioridad y toda otra norma que establezca derechos y garantías”.

- Se mantiene la creación “en el ámbito del Poder Ejecutivo, (de) la Agencia Federal de Inteligencia, como organismo rector del Sistema de Inteligencia Nacional”, que será conducida por un Director General y un Subdirector General, ambos designados por el presidente, con acuerdo del Senado.

- Se agrega que la AFI “dirigirá” el Sistema de Inteligencia Nacional, “abarcando todos los organismos que lo integran”.

- Se mantiene la transferencia al ámbito del Ministerio Público Fiscal de la Dirección de Observaciones Judiciales, “el único órgano del Estado encargado de ejecutar las interceptaciones o captaciones de cualquier tipo autorizadas u ordenadas por la autoridad judicial competente”.

- Se modifica la definición de “Inteligencia nacional” como “la actividad consistente en la obtención, reunión, sistematización y análisis de la información específica referida a los hechos, riesgos y conflictos que afecten la Defensa Nacional y la Seguridad Interior de la Nación”. El proyecto original se refería a “los hechos, riesgos y conflictos que afecten la seguridad de la Nación y sus habitantes, para la prevención de amenazas internacionales provenientes de terrorismo, narcotráfico, tráfico de armas, trata de personas, ciberdelitos y contra el orden económico y financiero, como así también toda otra forma de criminalidad organizada transnacional”.

- Se elimina el concepto de “Inteligencia interior” establecido en el artículo 3 del proyecto, que facultaba a realizar tareas de “investigación en materia de delitos federales complejos, inteligencia criminal compleja o atentados contra el orden institucional y el sistema democrático, conforme a los establecido por el artículo 36 de la Constitución nacional”.

- Se cambia el plazo de 72 horas para informar a las autoridades del inicio de actividades de Inteligencia por uno “de manera inmediata”.

- Se mantiene la transferencia a la AFI de la dirección de Inteligencia Criminal, hasta ahora dependiente del Ministerio de Seguridad.

- Se mantiene el control parlamentario a través de la comisión bicameral, que tendrá “amplias facultades para controlar e investigar de oficio”.

- Se incorpora el deber de “reglamentar un nuevo régimen del personal de Inteligencia que establezca los niveles de reserva de identidad conforme a las tareas a desarrollar, procurando el carácter público de los funcionarios y restringiendo excepcionalmente las reservas que sean estrictamente necesarias para el cumplimiento de funciones”.

- Se mantiene el aumento de penas para aquellos funcionarios que incurran en delitos o irregularidades.

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