SOCIEDAD › NO DEJARON REALIZAR UN ABORTO LEGAL A UNA ADOLESCENTE

Denunciados en Chubut por no cumplir con lo que marca la ley

En 2010, la Legislatura de Chubut sancionó una ley que permite el aborto a jóvenes con problemas psíquicos. Fue el caso de S.L.G., pero médicos y funcionarios se negaron a cumplir con la norma. Ahora, la familia presenta una demanda penal.

 Por Mariana Carbajal

”Ayuden(me) en esto que estoy pasando, porque la verdad que no puedo más. Estoy esperando respuestas de todos lados y nadie se quiere comprometer. Estoy sufriendo mucho con mi mamá, somos las dos solas, no tenemos familia. Lloro todo el día, no puedo dejar de pensar qué van a hacer conmigo, tengo mucho miedo y ya no se qué hacer. Están empujándome a que yo termine con mi vida. Sufro cada minuto y no puedo más.” Así, con estas palabras, una adolescente de 16 años le suplicó en una carta a la directora del Hospital Santa Teresita de la localidad chubutense de Rawson, María Pilar Muroaga, que accedieran a realizarle el aborto no punible que había solicitado acompañada por su mamá María Elena Gómez. En el hospital buscaron dilatar la resolución del pedido. La enviaron de un médico a otro durante casi dos meses, aunque la ley que un año atrás reglamentó los abortos no punibles en la provincia establece un plazo de cinco días para acceder al pedido o rechazarlo con una “negativa fundada”. En los próximos días, Gómez presentará una denuncia penal por incumplimiento de los deberes de funcionario público en los tribunales de Rawson contra la directora del Hospital, otros médicos y el subsecretario de Salud provincial, que intervinieron en el caso y “bloquearon el acceso al aborto no punible”. Ya hay seis médicos procesados por esa causa en Santa Fe (ver aparte).

“Nos hicieron deambular de un lado a otro. Llegamos con el pedido de aborto no punible cuando el embarazo tenía 11 semanas. No hubo mala atención, hubo abandono de persona”, denunció Gómez a Página/12. Gómez es diseñadora de indumentaria y vive con su hija en la ciudad de Rawson.

El caso se conoce una semana después de que el Estado argentino recibiera una condena internacional del Comité de Derechos Humanos de la ONU por no garantizar el acceso a un aborto no punible a L.M.R., una adolescente con discapacidad mental que había sido abusada sexualmente, tal como informó en exclusiva este diario. Y cuando la Corte Suprema de Justicia tiene una oportunidad histórica de aclarar los alcances de los permisos para interrumpir legalmente un embarazo en el país (ver aparte). El CDH ordenó al Estado argentino indemnizar a la víctima por el daño que sufrió al violarse sus derechos humanos, e implementar medidas concretas para evitar que se repitan situaciones similares. Tiene 180 días para cumplir con el fallo.

La adolescente de Rawson, cuyas iniciales son L.G.S., pidió el aborto no punible alegando que corría riesgo su salud psíquica. Una psicóloga certificó el cuadro, tal como exige la ley provincial. En su artículo 4 la norma establece que “en el caso de peligro para la salud psíquica, la constatación deberá hacerse en interconsulta con un profesional habilitado legalmente para la práctica profesional de la psicología”. La abogada Sandra Grilli, que representa a la mamá de la adolescente, precisó a este diario que “ese requisito se cumplió” al solicitar el aborto no punible. Grilli es la misma abogada que acompañó a otra adolescente, A.G., y a su mamá, Luisa Fuentes, un año atrás en su reclamo por un aborto no punible en Comodoro Rivadavia. A.G. tuvo que llegar al Superior Tribunal de Justicia de Chubut. La Corte provincial avaló su pedido y recomendó al Poder Ejecutivo implementar una reglamentación para la atención de los casos de aborto permitidos en el artículo 86 del Código Penal, desde 1921. Esa sugerencia, contenida en la sentencia del STJ, fue el puntapié para que la Legislatura provincial aprobara la ley que la madre de L.G.S. denunciará que no se cumplió con su hija.

Finamente, L.G.S. sufrió un aborto espontáneo en la semana 19 de gestación, contó su mamá. De todas formas, la mujer decidió llevar el caso a la justicia penal. “Una situación que era totalmente privada terminó siendo un partido de fútbol, por la cantidad de personas que se metieron, pero no para ayudar, sino para obstaculizar el aborto. Quiero que esta experiencia sirva para que no le pase lo mismo a otra mujer”, dijo Gómez a Página/12. También denunció que su hija fue maltratada al ser atendida una vez producido el aborto en el Hospital Materno Infantil de Trelew. Para retirar la historia clínica, donde consta el derrotero, tuvo que concurrir con un escribano porque se negaban a entregársela, señaló.

El periplo que tuvo que enfrentar L.G.S. y su mamá está detallado en la denuncia que presentará en los próximos días en la Justicia. “Desde el 25 de febrero estoy yendo de un lado a otro, ustedes piensan solo en ustedes pero no piensan en mí”, escribió la adolescente a la directora del Hospital Santa Teresita de Rawson, antes de perder el embarazo.

La primera consulta la hicieron el 25 de febrero en el centro de salud del Río Chubut de la localidad de Rawson, recordó la mamá. La adolescente había empezado a sentirse descompuesta. Luego se confirmó que estaba embarazada. “Inmediatamente mi hija manifestó no querer continuar con ese embarazo”, señaló Gómez. Del centro de salud fue derivada al Hospital Santa Teresita, donde –según la denuncia– la hicieron deambular por el área de Salud Mental durante más de dos semanas, sin lograr un diagnóstico que certificara el riesgo psíquico que corría la salud de la adolescente. Luego pasaría de un consultorio a otro, sin obtener respuesta. Con el pedido de aborto no punible llegó hasta la directora del Hospital. “La doctora Muroaga, a mediados de abril, nos dice que ahí no le iban a hacer el aborto porque ella no estaba de acuerdo y porque todo el hospital se declaró objetor de conciencia”, señaló Gómez. La explicación se la dio verbalmente. Según precisó su abogada, hasta tomó conocimiento del pedido, sin dar respuesta, el subsecretario de Programas de Salud de Chubut, Adrián Pizzi.

El funcionario también será denunciado por incumplimiento de los deberes de funcionario público igual que el jefe de Ginecología y Obstetricia del Hospital de Rawson, Leandro Accardo, entre otros profesionales de la salud. “El doctor Accardo nos ofreció conseguirnos un subsidio y una casa, si no teníamos, a cambio de que mi hija siguiera con el embarazo”, contó Gómez. La abogada indicó que del Rawson enviaron a L.G.S. y a su mamá al Hospital Materno Infantil de Trelew, pero ahí el jefe de Ginecología, Ricardo Alvarez, “maltrató a la adolescente y, sin tomar en cuenta su pedido, también quiso convencerla de que siguiera con el embarazo y diera después en adopción a la criatura. Además, le dijo que no la atendería porque ella no vivía en esa ciudad”. Así, volvieron a Rawson, mientras los días pasaban y la angustia y la desesperación de la adolescente crecía ante el avance del embarazo no deseado. El 20 de abril presentaron un pedido formal de aborto no punible en la dirección del hospital. Lo acompañaron con la dramática carta escrita por la adolescente, en la que L.G.S. dio cuenta de las dilaciones que venía enfrentando: “Después que me enteré que estaba embarazada, no quería saber nada con esto, fui al doctor y me dijeron que me haga estudios y todo bien pero después me hicieron esperar y pasaron semanas, semanas y nada, nadie se quería comprometer en ayudarme”, escribió con desazón (ver aparte). A los pocos días perdería el embarazo.

Página/12 intentó ayer comunicarse con el secretario de Salud de Chubut, Ignacio Hernández. Su secretario privado, Rubén Fernández, se comprometió a devolver el llamado, pero nunca lo hizo.

La ley que reglamentó el aborto establece que los médicos tienen cinco días para realizar la práctica o rechazar el pedido con “una negativa fundada”. “Ni la directora del hospital de Rawson ni los demás médicos que atendieron a S.L.G. hicieron una u otra alternativa. Si le hubieran negado desde un principio el reclamo, hubiera podido recurrir a la Justicia. El paso del tiempo, cuando hay un embarazo en curso, es crucial”, apuntó Grilli. En su artículo 18, la normativa dice: “Las maniobras dilatorias, el suministro de información falsa y la reticencia para llevar a cabo la práctica del aborto cuando ésta se encuadre en el artículo 86 del Código Penal, por parte de los profesionales de la salud y las autoridades hospitalarias, constituirán actos sujetos a la responsabilidad administrativa, civil y/o penal correspondiente”. Sobre este punto se basa la denuncia que presentará la madre de L.G.S. en los próximos días.

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La abogada Sandra Grilli y la madre de A.G., durante los reclamos a comienzos de 2010, en Rawson, que derivaron en la sanción de una ley.
Imagen: Gentileza Diario La Jornada Comodoro Rivadavia
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