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Gaseosa con gel íntimo

El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba ratificó un fallo que obliga a una empresa embotelladora a indemnizar a un consumidor que en octubre de 2008 compró una gaseosa y dentro de la botella encontró un sobre con gel íntimo. Al resolver un recurso de casación, el máximo tribunal judicial provincial se manifestó de acuerdo con lo fallado por una instancia inferior al no conceder la indemnización en concepto de daño punitivo, pero sí establecer un resarcimiento para el cliente por “daño moral”. Ese daño se debe a la “pérdida de confianza” en la marca de la gaseosa, razón por la cual una de las cámaras en lo Civil y Comercial locales deberá fijar el monto que tendrá que pagar la empresa Cervecería y Maltería Quilmes.

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