SOCIEDAD › SUSANA CHIAROTTI, INTEGRANTE DEL COMITE DE LA OEA

“Es una reforma muy positiva”

 Por Mariana Carbajal

“La reforma es progresista porque agrega a nuevas parejas o ex parejas; apunta a incorporar a las parejas informales y a las de homosexuales y lesbianas. También por su incorporación de fenómenos invisibilizados hasta ahora, como el del odio a travestis, personas trans y homosexuales y lesbianas”, consideró la abogada especializada en derechos de las mujeres Susana Chiarotti, integrante del comité de la OEA que monitorea las políticas contra la violencia machista.

Aunque no nombra la palabra femicidio, la reforma al Código Penal contempla ese delito al incorporar en el artículo 80 la pena de prisión perpetua si se mata “a una mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género”. Chiarotti celebró puntualmente este aspecto de la propuesta legislativa: “Haciendo una comparación con los tipos penales consagrados en Guatemala y El Salvador, la propuesta argentina es superior porque es más clara, más fácil de probar y más austera en palabras. Recordemos que en esos países se diseñaron tipos penales tan complejos que en muchos casos no pueden ser aplicados. También supera a la de Costa Rica que penaliza sólo “a quien dé muerte a una mujer con la que mantenga una relación de matrimonio, en unión de hecho declarada o no, dejando fuera otras relaciones o situaciones”, explicó. Además, indicó que los alcances de la definición son más amplios que en la reforma de Chile que lo incluyeron como agravantes del parricidio, pero sólo protege a la cónyuge o conviviente, ex cónyuges o ex convivientes.

La abogada destacó que el dictamen recoge las preocupaciones sociales surgidas de los asesinatos de niños y niñas u otros familiares para vengarse de la mujer, ya que agrava el homicidio de personas conectadas con la mujer, realizado para causarle sufrimiento a una persona con la que se mantiene o ha mantenido una relación.

En la reforma se toma una medida largamente esperada desde el feminismo, al anular la posibilidad de que se usen atenuantes de todo tipo en casos de precedentes de violencia de género. “Es muy positiva. Durante muchos años se utilizó la emoción violenta para casos de infidelidad reales o supuestos. Esto reafirmaba la noción de posesión del hombre sobre la mujer. Si unimos este artículo a la derogación de la figura del avenimiento, vemos que se están desmontando estructuras patriarcales que tuvieron vigencia durante siglos y que de alguna manera justificaban la violencia contra las mujeres”, subrayó.

Compartir: 

Twitter

SUBNOTAS
 
SOCIEDAD
 indice

Logo de Página/12

© 2000-2022 www.pagina12.com.ar | República Argentina | Política de privacidad | Todos los Derechos Reservados

Sitio desarrollado con software libre GNU/Linux.