Jueves, 13 de junio de 2013 | Hoy
PSICOLOGíA › CURSO SOBRE PROBLEMáTICAS FUNDAMENTALES EN PSICOLOGíA FORENSE
El reconocimiento de la dimensión subjetiva del sujeto del juicio y su formulación en términos psicológicos es el objetivo de las intervenciones psicológico profesionales, siendo a su vez ése el orientativo ético que las gobierna.
Por Jorge Degano y Fernanda Fernández*
El campo de las prácticas de la Psicología Forense o Jurídica refiere a una diversidad de intervenciones técnicas, investigaciones, nudos problemáticos y perspectivas conceptuales propios de esos desempeños, implicando también posicionamientos éticos relativos a esas prácticas. Desde el punto de vista de las intervenciones psicológicas en este ámbito, el reconocimiento de lo particular de esas prácticas no resulta sencillo porque sobre ellas actúan determinantes institucionales de raigambre jurídica que imponen una torsión a lo particular de la actividad psicológica profesional: el reconocimiento de la singularidad. Esos determinantes son reconocibles en términos de la objetivación estructural que ejercen por la necesidad que los procedimientos jurídico institucionales requieren, fijando incluso los modos de intervención profesional ya sea de las disciplinas jurídicas como las de otras proveniencias, interesando a este enfoque las reconocidas como disciplinas "psi".
Lo propio de este campo disciplinar es el reconocimiento del posicionamiento subjetivo de quien ocupa la condición de sujeto/objeto del procedimiento jurídico institucional. Ese enfoque u orientación es el que se encuentra o bien dificultado o bien condicionado, cuando no impedido, por los determinantes señalados que obran en sentido contrario a la subjetivación de la persona en tratamiento jurídico institucional.
El reconocimiento de la dimensión subjetiva del sujeto del juicio -también del sujeto de tratamiento, sujeto de condena o institucionalización, sujeto de pericia, del sujeto de tutela, etc.- y su formulación en términos psicológicos es el objetivo de las intervenciones psicológico profesionales, siendo a su vez ése el orientativo ético que las gobierna.
La pregunta por el Sujeto en la dimensión de subjetividad -o la formulación que convenga a las diferentes corrientes o escuelas psicológicas cualesquiera sean sus postulados- reconoce en último término una referencia indelegable: la Responsabilidad.
Es la responsabilidad por el hecho motivante de la captura institucional la interrogación fundamental; la pregunta por el Sujeto interroga sobre la responsabilidad de quien es interrogado jurídicamente y respecto de la relación a la Ley pudiendo, en cualquiera de los casos, el hecho responsable ser reconocido en diferentes formas de calificación excusable o justificativa: la intención, la inconciencia, el desconocimiento, el error, el síntoma, la inimputabilidad, los motivos, etc., según provenga de la codificación jurídica o la psicopatológica, pero cualesquiera que sea no siempre va a coincidir con la respuesta íntima, la respuesta del sujeto interrogado por su subjetividad.
La Psicología Forense o su formulación en formas alternativas recoge las problemáticas fundamentales de la relación SujetoDerecho y sus expresiones institucionales evidenciadas en las modalidades técnico instrumentales de tratamiento del objeto de su procedimiento con el consecuente impacto problematizante en las disciplinas "psi", sus capítulos integran las diferentes modalidades de expresión de esa problemática fundamental y el posicionamiento necesario a su abordaje tanto en términos tanto conceptuales como prácticos.
Es propósito del curso transitar las problemáticas fundamentales que las prácticas de los psicólogos en los ámbitos jurídicos van develando de modo de poner orientaciones claras a esas intervenciones que las hagan distintivas y propias de las disciplinas psicológicas, fuera de la instrumentación jurídico institucional.
*Psicólogos. Docentes Facultad de Psicología.
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