00:00 › INDEMNIZARAN A FAMILIARES DE MADRE E HIJA MUERTAS POR CORREDOR DE PICADAS

Sebastián Cabello deberá pagar un millón de pesos

Sebastián Cabello, el joven que fue condenado por atropellar y matar en agosto de 1999 a una veterinaria y a su hijita cuando corría una "picada" en Núñez, deberá indemnizar con un millón de pesos a los herederos de las víctimas, según un fallo de la Justicia civil.

Fuentes judiciales informaron que la resolución de primera instancia de la jueza Marcela Eiff alcanzó también a los padres del condenado y a la compañía aseguradora "El Comercio", quienes deberán pagar ese resarcimiento a los herederos de Celia Carman y de su hija Vanina, de tres años.

Eiff fijó un monto indemnizatorio de 534 mil pesos que, sumados a los intereses devenidos en los últimos ocho años, alcanzan el millón de pesos.

El resarcimiento, que será percibido por Sara González Carman -madre de Celia y abuela de la niña- y Sergio Rosales -esposo y padre de las víctimas- deberá ser abonado por la compañía aseguradora.

Es que, según dijeron los voceros, mientras se llevaba adelante la causa civil, los padres de Cabello litigaron con la empresa y se concluyó en que esta última se hará cargo de saldar la indemnización.

En marzo pasado, Marcelo Parrilli, abogado de los familiares de Celia y su hijita solicitaron a la jueza Eiff el cierre de la etapa de pruebas de la causa civil en la que habían requerido una indemnización por dos millones de pesos.

El 30 de agosto de 1999, Cabello corría una "picada" con su auto Honda Civic por la avenida Cantilo, de Núñez, Cuando chocó de atrás al Renault 6 que conducía Celia, acompañada por su hija.

A raíz del impacto, el Renault se incendió y Celia y Vanina murieron carbonizadas.

El joven, quien entonces tenía 19 años, huyó sin prestarles asistencia a las víctimas y luego fue detenido.

Durante la instrucción de la causa Cabello fue excarcelado, aunque nuevamente fue enviado a prisión cuando, a pesar de una prohibición judicial, volvió a manejar.

En noviembre de 2003 Cabello fue condenado por el Tribunal Oral en lo Criminal 30 a 12 años de prisión por el homicidio con dolo eventual de madre e hija.

Este fallo sin precedentes por un caso que conmocionó al país produjo una reforma legal que elevó el máximo de la pena de los homicidios culposos de tres a cinco años.

Pero, los jueces de Casación Eduardo Rafael Riggi, Angela Ester Ledesma y Guillermo José Tragant consideraron que si bien Cabello fue responsable por las muertes recalificaron el hecho como un "homicidio culposo" -sin intención-, y descartaron el "homicidio con dolo eventual", por lo que redujeron la pena a tres años.

"En nuestro parecer, el imputado actuó con un alto grado de imprudencia, con extrema inobservancia de las normas que debía cumplir al mando de un rodado, pero descartamos que haya habido de su parte intención de dañarse a sí mismo o a terceros", expresaron en esa oportunidad los jueces de Casación.

"No se advierte en qué elemento acreditativo han fincado los jueces su convencimiento acerca de que Cabello al conducir su automóvil de la manera en que lo hiciera había previamente conocido y aceptado que iba a embestir a otro rodado, provocando la muerte de seres humanos y lograr salir él indemne del episodio", añadió el texto de ese fallo.

Por el tiempo que ya había cumplido en prisión durante la instrucción y tras ser condenado en el juicio oral, ni bien se conoció el fallo de Casación, el 2 de septiembre de 2005, Cabello quedó libre y ese mismo día abandonó el Escuadrón Buenos Aires de Gendarmería Nacional, donde había estado detenido.

Los familiares de Celia y Vanina apelaron la decisión ante la Corte Suprema de Justicia, que el 20 de noviembre del año pasado dejó firme el pronunciamiento de la Cámara de Casación.

Fuente: Télam

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