EL PAíS › EL JUICIO A LOS REPRESORES DE LA DICTADURA EN PARANá

Por audiencias aptas para todo público

Las víctimas de la dictadura en Entre Ríos reclaman que se les permita declarar en audiencias públicas. La causa se tramita por el antiguo Código, que fija el procedimiento escrito, al que los organismos de derechos humanos califican de oscurantista y arcaico.

 Por Juan Cruz Varela

Desde Paraná

Treinta años han pasado desde el inicio de la investigación y diez desde el desarchivo de la denominada megacausa Area Paraná, en la que se investigan los delitos cometidos durante la última dictadura cívico-militar en la zona oeste de la provincia de Entre Ríos. Ahora, por fin, parece avistarse una luz de justicia al final del camino y el juez de sentencia Leandro Ríos se encuentra ante una decisión crucial: hoy deberá resolver quiénes serán los testigos que tendrán que declarar y, sobre todo, dar una respuesta al interés de los familiares y víctimas para que esas testimoniales se realicen en audiencias públicas.

En la causa se investigan secuestros y torturas en centros clandestinos de detención contra 52 víctimas, 5 de las cuales permanecen desaparecidas: Claudio Fink, Victorio Erbetta, Carlos Fernández, Juan Alberto Osuna y Pedro Sobko. Por estos hechos hay ocho represores sentados en el banquillo de los acusados: los ex militares José Anselmo Appelhans, Jorge Humberto Appiani, Oscar Ramón Obaid y Alberto Rivas; el ex policía federal Cosme Ignacio Marino Demonte; la ex carcelera Rosa Susana Bidinost; el ex policía entrerriano Carlos Horacio Zapata y el médico Hugo Mario Moyano. Otros trece represores fallecieron o fueron separados del proceso por razones de salud en estos años.

Las actuaciones tramitan por el antiguo Código de Procedimientos en Materia Penal, de 1888, vigente al momento en que ocurrieron los hechos, un sistema al que las víctimas no se cansan de calificar como “oscurantista” y “arcaico” y que prevé actuaciones escritas.

Fue la Corte Suprema la que inclinó a favor de los represores una larga discusión jurídica, al permitirles escoger el procedimiento bajo el cual serían juzgados. Pero eso que en un principio permitió destrabar el proceso judicial e hizo que entre 2009 y 2011 sean detenidos, indagados y procesados ex militares, policías, agentes penitenciarios y civiles, fue luego la herramienta de la cual se valieron los represores para embarrar el proceso mediante una sucesión de chicanas dilatorias.

Ríos deberá resolver hoy a quiénes convoca a declarar como testigos. En ese marco tendrá que responder al planteo de los familiares y víctimas de que esas testimoniales se realicen en audiencias públicas.

Es que la aplicación del viejo Código significó la declinación de la participación ciudadana en lo que tiene que ver con la publicidad del proceso. Sin embargo, los abogados querellantes y los fiscales encontraron un resquicio para exponer el horror de la dictadura a través del testimonio de las víctimas. El mismo Código establece que “las diferentes actuaciones de prueba se practicarán en audiencia pública, excepto cuando la publicidad fuere peligrosa para las buenas costumbres, lo cual declarará en acto especial el juez de la causa”.

Así se hizo, por ejemplo, en una causa por secuestros, torturas y desapariciones de un grupo de militantes montoneros en el marco de la contraofensiva. En el año 2007, el juez federal Ariel Lijo dictó la primera condena contra militares por delitos de la dictadura desde la anulación de las leyes de obediencia debida y punto final, en una causa que también se tramitó por el antiguo Código y tuvo audiencias públicas en la etapa de testimoniales, alegatos y lectura de la sentencia. A partir de ese antecedente es que los querellantes sustentan su postura sobre la necesidad de que las audiencias sean públicas.

“Para las víctimas no sólo es reparador poder declarar en estos juicios, sino que al mismo tiempo sus testimonios se convierten en constructores de la memoria colectiva”, explicó Lucía Tejera, abogada de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación abocada a esta causa. “Hoy los juicios no quedan sólo en los expedientes, sino que la justicia también es parte de la construcción de la memoria, y entonces el escenario de construcción de esa memoria son los tribunales”, agregó la querellante en diálogo con Página/12.

Tejera enfatizó que “no entender estas audiencias de manera pública es no entender el proceso de verdad y justicia que han desandado durante tantos años los organismos de derechos humanos, y es no entender tampoco el papel de la Justicia”, y agregó que “las víctimas vienen contando su verdad desde que fueron liberadas. Con el tiempo, el aporte de las víctimas en estas causas se ha ido reforzando por la memoria y por el proceso interno que cada uno ha podido realizar”.

Por su parte, desde la agrupación Hijos Regional Paraná, que es querellante en la causa, le pidieron al juez “que permita la declaración testimonial de las víctimas y familiares, sin recortes arbitrarios del listado de testigos”, a la vez que reclamaron que “las audiencias testimoniales se realicen en forma oral y pública, de manera de permitir el acceso de la ciudadanía a un acto histórico como es el juzgamiento de los genocidas” y que las declaraciones de víctimas sean difundidas “a través de los medios de comunicación y de los canales de transmisión propios del Poder Judicial”.

Para reforzar ese reclamo, los organismos de derechos humanos le presentaron ayer una nota al juez con unas 500 firmas, pidiendo que las audiencias sean orales y públicas. “El pueblo de Paraná necesita ser parte de esta instancia para la reparación de los lazos sociales que vino a romper la dictadura cívico-militar”, señalaron en la misiva.

La denominada megacausa Area Paraná es la que concentra la mayor cantidad de denuncias por crímenes de lesa humanidad cometidos en Entre Ríos durante la dictadura cívico-militar y se encuentra actualmente en la etapa de plenario, es decir, el juicio propiamente dicho. Los fiscales pidieron que se cite a declarar a 16 personas, mientras que las querellas solicitaron 25 testigos. En cambio, el represor Appiani, que fue autorizado a ser su exclusivo defensor, pidió la comparecencia de 120 testigos, a los que además pretende interrogar él mismo.

Los querellantes solicitaron que no se permita al represor interrogar en forma directa a los testigos, y los fiscales José Ignacio Candioti y Mario Silva plantearon que lo haga a través del juez. El planteo tiene como objetivo evitar la revictimización de estas personas. “Appiani era quien sometía a los detenidos a interrogatorios bajo tortura y les hacía firmar declaraciones que luego eran utilizadas en su contra en los consejos de guerra”, explicó el querellante Marcelo Boeykens en diálogo con Página/12.

Es de esperar que una vez resuelta esta situación, el juez fije fecha para las testimoniales y, si no se producen nuevas dilaciones, la causa podría tener sentencia antes de fin de año.

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El juez Leandro Ríos resolverá hoy si accede al pedido de que las audiencias sean públicas.
 
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