EL PAíS › INCORPORAN LA DESAPARICION FORZADA AL CODIGO PENAL

La herencia de la dictadura

Sin disidencias, Diputados le dio media sanción al proyecto que incorpora al Código Penal el delito de desaparición forzada de personas.

La Cámara de Diputados le dio ayer media sanción “sin disidencias” al proyecto de ley que incorpora el delito de desaparición forzada de personas al Código Penal. El Senado tendrá que analizar ahora la iniciativa que prevé “reclusión perpetua o prisión perpetua e inhabilitación absoluta y perpetua al agente del Estado, persona o grupo que, actuando con la autorización, el apoyo o aquiescencia de funcionarios públicos, prive ilegítimamente de la libertad a una persona” y se niegue a informar sobre su destino. La modificación pone en línea la legislación penal con la ratificación argentina de la Convención Interamericana de Derechos Humanos que ya contempla ese delito y está incorporada a la Constitución.
El proyecto de la legisladora peronista por Entre Ríos Rosario Romero fue aprobado sin debate. Los diputados tenían todas las cargas puestas en la discusión del presupuesto (ver página 10). Romero dijo a Página/12 que desde el retorno a la democracia “siempre existió alguna dificultad política que impidió avanzar sobre la tipificación de este delito. Durante el gobierno de Alfonsín, la democracia estuvo jaqueada por los intentos de golpes que provocaron un retroceso en la política de derechos humanos que impulsó. En la presidencia de Menem se vivió el retroceso de la mano del indulto presidencial. En esta etapa, en cambio, se está llevando adelante una acertada política en materia de derechos humanos muy definida en no abandonar el juicio y castigo y la investigación de la verdad. En este marco se hizo posible avanzar con la incorporación del delito de desaparición forzada al Código Penal”.
Romero señaló que desde el retorno a la democracia no ha habido desapariciones de personas como consecuencia de la aplicación del terrorismo de Estado, pero “lamentablemente sí hubo desapariciones de la mano de fuerzas de seguridad, como los casos Gorosito y Basualdo Gómez en Entre Ríos y el de Miguel Bru en la provincia de Buenos Aires”.
El proyecto aprobado prevé que “la pena será de tres a doce años de reclusión o prisión cuando en un término no superior a quince días los autores o partícipes liberen a la víctima en similares condiciones físicas y psíquicas a las que se encontraba en el momento de ser privada de libertad”. También obtendrán beneficios en las condenas quienes colaboren con información para liberar a las víctimas.
Romero destacó que en el “prólogo del Nunca Más, Ernesto Sabato, como presidente de la Comisión Nacional sobre Desaparición de Personas (Conadep), recuerda, justamente, que la figura del desaparecido aparece por primera vez como un triste privilegio instaurado por al dictadura argentina”. La diputada recordó que como este delito no existía en la legislación durante el juicio a las Juntas Militares en 1985, a los represores se los condenó por delitos comunes como secuestros y homicidios.
El proyecto fue acompañado por lo más granado de los impulsores de la mano dura, como Jorge Casanovas, Daniel Basile, Hugo Franco, Guillermo Johnson, Carlos Martínez y Adrián Menem, entre otros. El apoyo de esos legisladores alimentó sospechas sobre la posibilidad de que pretendan evitar que la figura se aplique a los represores procesados argumentando que el uso no es retroactivo. Un argumento que ya fue rechazado por los tribunales.

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La Cámara de Diputados incorporó sin debate la desaparición.
 
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