13:02 › LA AFIP APELó EL FALLO

Un juez declaró inconstitucionales las clausuras preventivas

El juez federal número 2 de San Martín, Juan Manuel Yalj, declaró "inconstitucionales" las clausuras preventivas dispuestas por la Administración Federal de Ingresos Públicos, por considerar que "poseen el inequívoco propósito de sancionar a una persona sin proceso previo contrariando la Constitución". La AFIP apeló la sentencia y señaló que la Cámara Federal de San Martín confirmó en dos ocasiones la validez constitucional de esos procedimientos.

Yalj advirtió que es "una facultad judicial" tomar este tipo de medidas, en su fallo tras una clausura preventiva que realizó la AFIP en un local comercial de Villa Ballester.

El magistrado declaró la inconstitucionalidad del artículo 35, inciso f, de la ley de Procedimientos Fiscales, que habilita a la AFIP a clausurar preventivamente los comercios que no estén en regla, según informaron fuentes judiciales.

Desde la entidad recaudadora de impuestos, informaron mediante un comunicado que se apeló la medida "reforzando el concepto que la clausura preventiva es una medida cautelar y que tiene por objeto resguardar el interés del Fisco" ante el perjuicio generado por "el ejercicio irregular y continuo de actividades que resultan marginales y que restan recursos genuinos a la sociedad".

En cuanto al comercio clausurado, la AFIP informó que se trata de "un contribuyente que es propietario de una importante concesionaria de venta de autos usados en condición de monotributista, que por la categoría de revista que posee en los registros de la AFIP y de acuerdo a los parámetros de esta norma, no podría superar los 48.000 pesos de facturación anual".

Además, según afirmó la entidad, el comercio "fue dado de baja automáticamente de la AFIP por no pagar, como mínimo, 10 cuotas consecutivas como monotributista".

En fallos del 21 de agosto y del 26 de octubre de 2009, la Cámara Federal de San Martín ratificó las clausuras preventivas ordenadas por la AFIP (casos Frers, David Carlos Gonzalo y Filippone, José María), quienes también, eran contribuyentes propietarios de concesionarias de autos y revistaban como monotributistas.

“Desde el Estado defendemos al contribuyente que paga sus impuestos, al que emite facturas, al que tiene a sus trabajadores debidamente declarados, y al que no está en la informalidad”, afirmó Echegaray.

Compartir: 

Twitter

 
ULTIMAS NOTICIAS
 indice

Logo de Página/12

© 2000-2022 www.pagina12.com.ar | República Argentina | Política de privacidad | Todos los Derechos Reservados

Sitio desarrollado con software libre GNU/Linux.