ECONOMíA › LA AFIP SUBIO EL PORCENTAJE DE RETENCION DE GANANCIAS

Control sobre operadores de granos

El Gobierno elevó la alícuota del impuesto a las Ganancias por la comercialización de granos que deben adelantar aquellos operadores que no están inscriptos en el gravamen. Antes, los operadores debían adelantar por este tributo un 28 por ciento y ahora será 35 por ciento. Así lo determinó la AFIP a través de una resolución publicada ayer en el Boletín Oficial. “El impuesto en sí sigue sin variación, lo que cambia es el adelanto que debe hacerse del tributo”, explicaron a Página/12 desde la dependencia que comanda Ricardo Echegaray. También se introdujo una modificación en la retención de las alícuotas que deben realizar los Mercados a Término, equiparándolas al resto de los operadores.

La Resolución General 3060 será aplicable a las operaciones de comercialización de granos no destinados a la siembra, como cereales, oleaginosas y legumbres secas. Esta nueva normativa es exclusiva para los productores u otros operadores que no están inscriptos dentro del Impuesto a las Ganancias. Los operadores que sí están anotados en el gravamen y en el Registro de Operadores de Granos (donde hay aproximadamente 60.000 operadores) sólo deben adelantar un 2 por ciento del tributo, y si están por fuera de ese registro, el adelanto debe ser de un 15 por ciento. “La diferencia es sólo financiera, ya que al final del año se paga por el tributo completo. Pero la consecuencia de no estar en ninguno de los registros es que se complica toda la operatoria”, agregaron desde la AFIP.

Por otro lado, la nueva resolución también incluye a los Mercados a Término. Hasta el momento debían tomar como base de retención el ciento por ciento de la operación. Pero ahora, equipararán su situación al resto de los operadores.

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