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Si no viaja, devuelve

Las personas que compren moneda extranjera para hacer turismo fuera del país pero finalmente cancelen el viaje, no podrán quedarse con las divisas. En un plazo de cinco días hábiles después de la fecha declarada de inicio del viaje, esos individuos deberán vender en un banco los dólares, euros, reales, pesos uruguayos u otras monedas. Cuando se incumpla con la obligación de reingresar al mercado único y libre de cambios las divisas, las personas recibirán una carta de intimación del Banco Central y estarán sujetas a las sanciones previstas por la ley penal cambiaria. La pena más común es la inhabilitación y suspensión para el acceso al mercado cambiario en el futuro. La autoridad monetaria está terminando de delinear un convenio con Migraciones para cruzar los datos y detectar posibles abusos. Esa información complementará los datos que ya poseen la AFIP y el BCRA sobre la fecha cuando se realiza la operación cambiaria y el día en el que el demandante de divisas debería salir del país. La medida busca evitar que se use el canal del turismo para atesorar divisas.

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