EL MUNDO › 250 MIL DOLARES POR “OFENDER” A UN SENADOR

Pobre periodista paraguayo

Paraguay fue denunciado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por violar la libertad de expresión. La denuncia fue presentada ayer por el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (Cejil) ante el organismo de la Organización de Estados Americanos (OEA) con sede en Washington, y se basa en el caso de Aldo Zuccolillo Moscarda, director del diario ABC Color. El periodista fue juzgado y condenado el año pasado por calumnias, injurias y difamación contra un senador.

Según los denunciantes, el principal obstáculo para garantizar la libertad de expresión en Paraguay es la vigencia de las leyes penales que tipifican los delitos de calumnias, injurias y difamación. Esta legislación habilita la apertura de procesos judiciales contra periodistas y demás comunicadores sociales que difunden información referida a asuntos de interés público.

“La vigencia de este tipo de leyes no hace más que cercenar la libre circulación de ideas y opiniones, una herramienta fundamental para la consolidación de los regímenes democráticos”, indicó el Cejil en un comunicado. “Con la presentación de este caso esperamos que la CIDH recomiende a Paraguay que derogue las leyes que tipifican esos delitos”, dijo la directora de Cejil en América del Sur, Liliana Tojo. “Al igual que las leyes que penalizan el desacato, la aplicación de este tipo de legislación para proteger el honor de los funcionarios públicos crea el claro riesgo de la autocensura con el consiguiente detrimento de la libertad de expresión”, señaló Tojo.

El caso denunciado comenzó en 1998, cuando el senador colorado Juan Carlos Galaverna promovió una querella criminal contra Zu- ccolillo Moscarda tras la publicación en ABC Color de la lista de prestatarios morosos del sistema financiero paraguayo y la relación de Galaverna con personas vinculadas con la quiebra del Banco Nacional de Trabajadores. Después de siete años de proceso, Zuccolillo fue condenado en diciembre del 2005 por la Corte Suprema de Justicia del Paraguay a 360 días de arresto, la máxima sanción no privativa de libertad establecida en el Código Penal paraguayo, y a pagar a Galaverna una fuerte multa. En total, la pena monetaria para Zuccolillo ascendió a más de un cuarto de millón de dólares.

En su denuncia ante el sistema interamericano de derechos humanos, Cejil alegó que Paraguay violó el principio de legalidad el derecho a la libertad de expresión consagrado en la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Según la denuncia, el orden legal fue violado en este caso porque se establecieron sanciones cuando la acción penal ya había prescripto y porque se impusieron multas que no estaban previstas en la legislación cuando ocurrieron los hechos.

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