EL PAíS › LA CORTE SUPREMA DECLARó ILEGAL EL NOMBRAMIENTO DE UNA FISCAL SUBROGANTE

Una designación impugnada

En la Procuración defendieron el procedimiento con el que se puso en funciones a la fiscal cuestionada, pero, sobre todo, rescataron que la Corte convalidó la potestad y el mecanismo para designar fiscales. No se anuló lo actuado en el expediente.

 Por Ailín Bullentini

La Corte Suprema declaró la ilegalidad de la designación de la procuradora fiscal subrogante ante el máximo tribunal Alejandra Cordone Roselló, nombrada por la procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, en septiembre de 2012. Desde la Procuración rescataron que la decisión de la Corte mantuvo la validez de lo actuado por Cordone Roselló hasta ayer y “convalidó el sistema de subrogancias de fiscales vigente en el Ministerio Público Fiscal”. Así, descartaron que las decenas de fiscales subrogantes y ad hoc nombrados por Gils Carbó y anteriores procuradores para completar cargos vacantes tengan el mismo destino que la representante de la cartera ante los supremos.

El fallo, adelantado por Página/12, se relaciona con la causa en la que un particular, Antonio Conrado De Martino, titular de Automóviles Saavedra S.A., solicitaba al máximo tribunal que “se declare la nulidad del dictamen de la procuradora fiscal subrogante, Alejandra Cordone Roselló, “debido a que había sido nombrada de manera directa por Gils Carbó”. En su presentación ante la Corte, De Martino citaba la denuncia penal que el senador nacional y consejero de la Magistratura Mario Cimadevilla registró contra Gils Carbó por “crear cargos sin estar habilitada para ello y efectuar designaciones sin cumplir con el procedimiento legalmente contemplado para cubrirlos”.

El presidente del alto tribunal, Ricardo Lorenzetti, y los ministros Elena Highton, Carlos Fayt, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda y Carmen Argibay –la firma de Eugenio Zaffaroni está ausente– declararon la “ilegalidad” de la designación de Cordone Roselló, aunque decidieron “mantener la validez y eficacia” de sus acciones al frente de la Procuración Fiscal ante la Corte hasta la jornada de ayer. En definitiva, rechaza de plano la solicitud del demandante, es decir la “nulidad” pedida.

La “ilegalidad” de la designación de Cordone Roselló radica, según los magistrados, en el incumplimiento del artículo 11 de la ley orgánica del Ministerio Público Fiscal, la 24.946. El artículo mencionado en el fallo plantea que, ante cualquier tipo de vacante existente, el reemplazo de fiscales debe darse “entre sí”: “Los magistrados del Ministerio Público se subrogan entre sí”, plantea incluso la Corte en su definición. Luego, si esa opción no puede llevarse a cabo, la ley sugiere que debe aplicarse una segunda alternativa: la designación de un abogado que integre una lista que se conformará a tal efecto –con el fin de ocupar el lugar vacío–. “La resolución por la cual la procuradora general procedió a la designación directa de la secretaria Cordone Roselló no se compadece con el régimen general previsto en el artículo 11 de la ley 24.946 ni con la normativa reglamentaria”, apunta el fallo.

Desde la Procuración, no acordaron. “Cordone era funcionaria de la Procuración –era secretaria– y estaba en la lista de la que el Ministerio Público se valió para ocupar el cargo” que ejerció ante la Corte entre septiembre de 2012 y ayer, plantearon desde el organismo dirigido por Gils Carbó. En esa línea, analizaron: “La Corte está dando por sentado que no existe tal lista. ¿Cómo sabe? En primer lugar, no la solicitó. En segundo lugar, cabe remarcar que en la resolución de su designación, la Procuración nacional asegura que Cordone Roselló estaba mencionada en una planilla con nombres de las personas que podían llegar a ocupar el lugar vacante. Por último, la Procuración no tiene por qué presentar esa lista ante nadie. Si no la solicita, la Corte no tiene forma de saber si esa lista fue armada, está, o no”.

El fallo de ayer sólo afecta a Cordone Roselló y desde la Procuración descartan que su destino sea el futuro de los fiscales que, en base al sistema de subrogancias, están al frente de 40 fiscalías, muchos actuantes en procesos por delitos de lesa humanidad, y de los titulares de dos procuradurías creadas ad hoc por Gils Carbó: la especializada en casos de lavado de dinero y la destinada a violencia institucional.

“La Corte nos dice que el reemplazo de fiscales entre sí y el nombramiento desde listas elaboradas son dos alternativas válidas, de modo que con ello nos confirma la legalidad, la validez de todos los fiscales subrogantes que nombramos”, evaluó a este diario el secretario de Coordinación Institucional de la Procuración, Lisandro Pellegrini. Así, el nombramiento de esas decenas de fiscales “resulta incuestionable”, remarcó a través de un comunicado el organismo dirigido por Gils Carbó, con lo cual los fundamentos de la denuncia de Cimadevilla comenzarían a diluirse. De hecho, no se descarta desde la Procuración que varios de los fiscales subrogantes y ad hoc mencionados en la presentación del senador radical se presenten en los próximos días ante el juzgado que lleva la causa penal para pedir su cierre.

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La Corte dijo que es posible nombrar como fiscales a abogados que integren “una lista conformada a tal efecto”.
Imagen: Dafne Gentinetta
 
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