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Una polémica que no prescribió

El fin de la arbitrariedad de los magistrados contra el peligro del cierre de causas. Previsiones que pudieron hacerse para evitar los archivos. Los casos de IBM-Banco Nación, las coimas en el Senado, Menem y María Julia.

 Por Victoria Ginzberg

La polémica por la ley que modifica las prescripciones de las causas judiciales se convirtió a su vez en un debate sobre el trabajo de los jueces. El Gobierno y legisladores de diferentes partidos acusaron a los magistrados de lentos e inoperantes. Respondieron al cargo que habían hecho funcionarios del fuero federal acerca de que diputados y senadores habían ideado y votado una norma destinada a desactivar importantes casos de corrupción. Las voces y las razones esgrimidas en uno y otro lado dejan a la vista que en esta discusión no todo es blanco o negro. La escala de grises admite que la nueva ley aporta claridad y quita poder a los jueces pero también va a producir el cierre de algunas causas de corrupción, hecho que podía haberse evitado si se hubiera previsto al elaborarla. En el edificio de Comodoro Py muchos bajaron el tono tremendista y señalaron que “el daño colateral no va a ser tan grande”, aunque dan por perdido algunos casos.
La nueva ley estableció que sólo interrumpen los plazos de las prescripciones de las causas judiciales la primera citación indagatoria del acusado, la comisión de un nuevo delito, el requerimiento de elevación a juicio, la citación a juicio y una sentencia condenatoria. Si entre una y otra medida pasa un tiempo mayor al máximo de la pena prevista para el hecho que se investiga, la causa debe cerrarse. Antes, la ley hablaba genéricamente de las “secuelas de juicio” como causas interruptivas de la prescripción. Esto hacía que cada juez pudiera interpretar los plazos discrecionalmente, aunque existía cierto consenso acerca de que los procesamientos o la declaración en rebeldía eran medidas que permitían mantener el expediente abierto.
A diferencia de otras ocasiones, esta reforma no hizo que todos los llamados garantistas se alinearan frente a los que piden mano dura ni estableció dos bandos definidos entre “los que buscan su propia impunidad” por hechos de corrupción y “los que quieren transparentar las instituciones”. Si bien es cierto que muchos abogados defensores van a ver aliviado su trabajo, la discusión de fondo parece ser más compleja.
El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), el ex ministro de Justicia Ricardo Gil Lavedra, el ministro de Seguridad bonaerense, León Arslanian, y el fiscal de Bahía Blanca y copresidente de la comisión provincial por la Memoria, Hugo Cañón fueron algunos de los que, con matices, apoyaron la iniciativa. Los camaristas Gabriel Cavallo y Eduardo Freiler, el juez Rodolfo Canicoba Corral, el constitucionalista Daniel Sabsay, además de Juan Carlos Blumberg, la criticaron.
El ministro de Justicia, Horacio Rosatti, fue el encargado de transmitir la postura oficial: la ley es buena porque achica la discrecionalidad de los jueces, es perfeccionable porque no se contempló la situación de los prófugos y si se cierran causas importantes será culpa de los jueces que las cajonearon.
En el mismo edifico de Comodoro Py 2002 reconocen que hay causas que fueron manejadas con negligencia o, directamente, con dolo. “Algunos jueces trabajaban con la agenda de los medios. Recibían una denuncia resonante y citaban a los acusados a indagatoria sin tener pruebas. Después él u otro se ponía a investigar, pero podía pasar mucho tiempo hasta un procesamiento, que luego se ampliaba. Generalmente nunca se elevaban los expedientes a juicio”, señaló a Página/12 un magistrado.
Jueces y fiscales argumentan a su favor que a veces las causas dependen de peritajes complicados y otras se demoran mucho tiempo en la Cámara. “Los jueces que son delincuentes no van a dejar de serlo por esta reforma. Eso se tiene que solucionar en el Consejo de la Magistratura. Y además, la reforma tampoco va a agilizar los procesos”, señaló uno de los críticos con el cambio. Quienes impugnan la reforma se preguntan por qué los legisladores no establecieron que la ley comenzara a regir luego de un determinado plazo de tiempo después de ser sancionada. Y aseguran que la disposición que establece que para los funcionarios públicos la prescripción no empieza a correr hasta que dejan el cargo fue establecida en 2000 y, por lo tanto, podría no aplicarse para hechos anteriores.
¿Qué va a pasar en concreto con las causas? Una primera aproximación ofrece el siguiente panorama:
- Uno de los expedientes emblemáticos que corre serio peligro es el de IBM-Banco Nación, donde están procesados, entre otros, el ex presidente del Nación Aldo Dadone y los ex directores Hugo Gaggero, Genaro Contartese, Mario Dadone y Alfredo Aldaco. Los imputados declararon por primera vez ante el juez Adolfo Bagnasco en 1996. Cuando el magistrado se retiró, el caso quedó a cargo de Jorge Urso. En 2002 los fiscales Carlos Cearras y Pablo Recchini pidieron que la causa fuera elevada a juicio oral. Pero esa medida recién se concretó en diciembre del año pasado, luego de que el juez Guillermo Montenegro asumiera en ese juzgado y desempolvara el expediente. Aunque el caso parece perdido, hay que analizar la situación de cada imputado.
- Dadone, por ejemplo, también está acusado de la quiebra del Banco de Medellín, otra causa que está lista para ir a juicio. El y el ex presidente del Banco Central Pedro Pou pretenden beneficiarse con la nueva ley en este expediente. Pero en el juzgado de Sergio Torres no están seguros de que así sea. Entre otras cosas, resta estudiar si Pou, que estuvo en su cargo hasta 2001, puede ampararse en la reforma. Hay que tener en cuenta que si uno de los imputados persiste en el cargo, la causa no se cierra para ninguno.
- En el juzgado de Daniel Rafecas aseguran que la causa por los sobornos en el Senado no corre peligro. Como los senadores involucrados en la maniobra y el ex jefe de la SIDE Fernando de Santibañes dejaron sus funciones a fines de 2001 hay tiempo para elevarla a juicio por lo menos hasta diciembre de 2007. El nuevo magistrado reactivó el expediente y en unos meses decidirá si los acusados deben o no ser reprocesados. En caso de que eso ocurra, la Cámara debería apurarse y el juez intentar impedir planteos innecesarios con los que las defensas querrán demorar el proceso. - La causa por omisión maliciosa sobre la cuenta suiza de Carlos Menem es candidata a pasar al olvido pero la investigación por el contrabando de armas a Croacia y Ecuador impulsada por el abogado Ricardo Monner Sans sigue viva. La primera declaración de Carlos Menem es de 2001 y el contrabando agravado tiene una pena máxima de 12 años. Antes de fin de mes, el juez en lo penal económico Julio Speroni, que quedó a cargo del caso, citará al ex presidente.
- María Julia Alsogaray fue condenada el año pasado por enriquecimiento ilícito. La denuncia era de 1994 y la pena máxima por ese delito es seis años. La ex polifuncionaria menemista podría pedir una revisión de su sentencia, que no está firme. Alsogaray fue citada a indagatoria por el juez Juan José Galeano en 1998, aunque la medida sólo se concretó dos años más tarde. Si se tiene en cuenta la citación, la condena no se cae aún sin considerar que la acusada dejó la función pública en 1999. Si lo que importa es la audiencia, hay que hacer un cálculo preciso del inicio del expediente. De todas formas, las numerosas denuncias que tiene en su contra complican el panorama de la ex secretaria de Recursos Naturales ya que la comisión de otro delito –que debe ser probado y juzgado– mantendría el expediente en suspenso.

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