LA VENTANA › MEDIOS Y COMUNICACIóN

Banalidad periodística y violación de derechos

A partir de casos recientes, María José Castro y Esteban Rodríguez Alzueta analizan el comportamiento del periodismo que eligió el punto de vista pornográfico para “pensar” a las mujeres.

 Por María José Castro * y Esteban Rodríguez Alzueta **

Todos los años los argentinos tenemos un caso para “entretenernos”. La palabra “entretenimiento” es banal, pero se ajusta al tratamiento que el periodismo y el paraperiodismo del espectáculo ensaya sobre esos “casos”. En 2012 fue Candela, el año pasado Angeles y ahora le llegó el turno a Magaly. Los tres casos son distintos, pero el tratamiento ha sido más o menos el mismo. Tres niñas abordadas por su nombre de pila de las que, según parece, sabemos todo. Tres mujeres espiadas hasta que la intimidad se vuelve notoria, hasta desdibujarse la frontera que separa lo público de lo privado. Ya sabemos: para el periodismo truculento y sensacionalista, policial o de investigación, el fin justifica los medios. No existe el derecho a la intimidad, al honor y la imagen propia, a la identidad, la recreación, el derecho a no ser molestado y dejado tranquilo, que valga. El derecho a publicar las ideas sin censura previa es un derecho absoluto, que está por encima de todo y vale todo.

Los tres casos fueron el pretexto para hacer hablar un imaginario machista, lleno de prejuicios, estereotipos y dobles sentidos. Se apela a esos lugares comunes para interpelar valores y creencias que permanecen como telón de fondo en las sociedades patriarcales con un contrato sexual desi-gual. El periodismo eligió una vez más el punto de vista pornográfico para “pensar” a las mujeres. Toma las fotos de las redes sociales y las sobreexpone hasta desnudarlas. Recoge anécdotas del mundo privado y las propone para ser debatidas en el círculo machista de la oficina o durante el fin de semana. Mujeres y niñas disfrazadas, vestidas de colegialas, tiradas en la cama con minifaldas, haciendo selfies. Todo lo que se muestre será usado en su contra, será tomado para la chacota, objeto de burla, leído con el “macho” que llevamos adentro. Siempre hay un “chiste verde” dispuesto a descalificar, humillar a la mujer.

Pero hay más, porque esa mujer, además de “puta” es otra “menor”. En efecto, en la mayoría de los medios de comunicación utilizaron esa expresión para referirse a las niñas en cuestión. Se trata de un término descalificatorio, tributario de la Ley de Patronato, destinado a institucionalizar, esto es a desautorizar e invisibilizar a la joven en cuestión. Se sabe, un o una “menor” es alguien inferiorizado. No tiene voz y, por tanto, tampoco derechos.

A partir de 2005, con la ley 26.061, lo que antes era un menor pasó a ser un niño (a) sujeto de derechos. Dueño de una voz particular (su punto de vista, sus experiencias, expectativas, no son las del adulto), tiene derechos que hay que sobreproteger. La Ley de Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes recoge los principios de la Convención Internacional de los Derechos del Niño. Esto vale para todos y todas, incluso para los periodistas.

La libertad de prensa no es una patente de corso. Decir que se trata de un derecho relativo es sostener que es un derecho que hay que pensar al lado de otros derechos. El periodismo contemporáneo se ha convertido en una máquina de violar sistemáticamente los derechos humanos. Vulnera derechos cuando no tiene en cuenta los derechos de los actores involucrados en la noticia que está contando. Les guste o no, ya no estamos en el siglo XIX y el periodismo debería contar la noticia sin perder de vista los nuevos estándares jurídicos.

* Lic. en Comunicación Social, UNQ, investigadora-becaria del CIN.

** Profesor de Derecho a la Información en la UNQ. Autor de Temor y control y Justicia mediática.

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