SOCIEDAD › DEBERáN INDEMNIZAR A UN DELEGADO DESPLAZADO POR EL TITULAR DEL REGISTRO CIVIL

Un Registro inCivilizado

Alejandro Lanús, director del Registro Civil, ordenó desplazar a un delegado gremial. La justicia laboral ordenó reponerlo y el pago de una multa de 500 pesos por día hasta cumplir la orden. El delegado lleva dos años sin recuperar su puesto.

 Por Horacio Cecchi

La justicia laboral ordenó al gobierno de Macri indemnizar a un funcionario porteño a quien su superior, el director general del Registro Civil, Alejandro Lanús, había desplazado sin motivo de peso y sin preocuparle que, siendo delegado, estaba protegido por los fueros gremiales. El funcionario desplazado, Angel Riverol, titular del Departamento Central de Defunciones, presentó un amparo ante la justicia laboral que le dio la razón. El gobierno porteño apeló argumentando cuestiones formales, y la Cámara volvió a enterar a Macri y a Lanús que los derechos gremiales están por encima de cuestiones formales. Pero la historia no termina allí. La Justicia fijó una multa de 300 pesos por cada día que pasara sin que Riverol fuera repuesto en el cargo. Lanús no cumplió la orden. La Justicia aumentó la multa a 500 y la propia Dirección de Empleo de la Procuración porteña recomendó la restitución para “evitar un importante costo económico para la ciudad de Buenos Aires que se puede generar por incumplimiento de la medida dictada”. Pero Lanús no cumplió utilizando un truquillo: con atribuciones de jefe de Gobierno, inventó una Dirección por encima de la Central de Defunciones y colocó a un hombre suyo por encima de Riverol. A la fecha, no se volvió a la situación previa al 24 de junio de 2008, fecha en que se produjo el desplazamiento. Y el reloj sigue corriendo.

En 2006, cuando Lanús era oficial público y ostentaba la jerarquía de jefe de departamento, el entonces director del Registro Civil, Pablo Cano, le propuso ascenderlo a jefe de la Dirección Operativa, de la que dependen todas las delegaciones del Registro Civil. Lanús no contaba con el apoyo de los empleados de Sutecba, el gremio de trabajadores de la ciudad. De hecho, los delegados del gremio elevaron a Cano un petitorio pidiendo que se reviera la designación. Y Cano dio marcha atrás en su decisión. Entre los delegados firmantes se encontraba Angel Horacio Riverol, jefe del Departamento Central de Defunciones.

Un año después, Macri asumió, y como parte de su enfrentamiento con el gremio de los ex municipales designó a Lanús como director general del Registro Civil. Desde ese momento, según aseguró Riverol en sus escritos al Inadi, a la Defensoría del Pueblo porteña y a la Legislatura de la Ciudad, “comenzó una persecución en mi contra”.

El 24 de junio de 2008, con la disposición 063-DG-P-2008, el director general del Registro Civil y Capacidad de las Personas, Alejandro Lanús, dispuso “trasladar al agente Dr. Riverol Angel H., FC 263.005, del Departamento Central Defunciones a la Circunscripción 15ª, ambos dep. de la Dirección Operativa”.

Lo que Lanús no tuvo en cuenta en la 063-DG-P-2008, igual que ocurrió como moneda corriente durante la dictadura militar, fue la protección gremial, ya que Riverol había sido electo como delegado el 10 de octubre de 2007, con mandato hasta el 10 de octubre de 2009. De hecho, el argumento central en la presentación de Riverol ante la Justicia fue el avasallamiento de su fuero gremial, con rango constitucional y “sin haber intentado siquiera la previa exclusión (judicial) de la tutela”, tal como señala en su presentación la abogada María Elena Díaz, representante de Riverol.

“Es tal la persecución que ni siquiera tomó en cuenta que al tratarse de la protección gremial, el litigio no corresponde a la Justicia porteña, a la que Macri podría tener más acceso, sino a la laboral nacional”, confió una fuente cercana al caso. El amparo presentado ante el juzgado nacional laboral 40º, a cargo de Stella Maris Vulcano, tuvo respuesta favorable el 29 de agosto de 2008. La jueza dio un plazo de tres días para reintegrar a Riverol en su puesto y funciones y aplicó una multa de 300 pesos por cada día de demora.

La apelación del gobierno porteño fue quizá más disparatada que la propia resolución 063. Entre tanta informalidad, argumentó una cuestión formal: dijo que Riverol nunca tuvo la tutela gremial, ya que el resultado de aquellas elecciones no fue notificado en la oficina que correspondía sino en otra, “por lo que resulta nula y así desde ya solicito que sea declarada”, sostuvo Elina González en su difícil papel de apoderada del gobierno.

Vulcano respondió que “parecería que la cuestión del lugar de la notificación adquiere tal relevancia (...) cual si este recaudo netamente formal destruyere la intención que conlleva, que no es otra que enterar a la esfera de la empleadora de la investidura del delegado a todos los efectos de la organización laboral y sindical (...). No tiene razón la demandada. No se compadece su postura con el rango de derecho humano consagrado por la Constitución y pactos internacionales de este derecho sindical. No tiene asidero con el status jurídico que lo rodea. (...) No es admisible que una comunicación interna de la empleadora pudiera en sus efectos enterrar una garantía de rango constitucional”.

La jueza ordenó la restitución inmediata de Riverol al puesto y función que ejercía antes de la 063 y aumentó la multa a 500 pesos por día. Pese a la gravedad del fallo, el gobierno apeló pidiendo el asidero burocrático que la Justicia le negaba. El 30 de agosto del año pasado, los jueces Daniel Stortini y Gregorio Corach confirmaron el fallo de Vulcano y fueron más contundentes: dieron por hecho que el gobierno estaba enterado de la tutela gremial de Riverol y que para desplazarlo debían primero plantear el caso a la Justicia y esperar que ésta resuelva favorablemente. Y ordenaron que la ciudad se hiciera cargo de las costas más un 25 por ciento por la apelación.

Más aún, como la orden de la Cámara no se cumplía y seguía corriendo el reloj de los 500 pesos, quince días después la propia Dirección de Empleo de la ciudad solicitó mediante la nota 1156445-DGAJUD-09 dirigida a Lanús el “cumplimiento de la resolución judicial”. “Atento la situación descripta –sostiene la directora de Empleo, Marta Bruno–, me dirijo a Ud. a fin de solicitarle disponga lo necesario para que se adopten las providencias pertinentes a fin de acatar la orden judicial de forma inmediata (...) y evitar un importante costo económico para la ciudad de Buenos Aires que se puede generar por incumplimiento de la medida dictada.”

En respuesta a la nota 1156445 de sus propias filas, Lanús dispuso el 23 de septiembre reinstalar a Riverol “en el puesto de trabajo que ocupaba en Defunciones”. La disposición 085-DGRC-P-2009, sin embargo, tenía una pequeña trampita. Defunciones ya no es lo que era: el 12 de septiembre de 2008, es decir, días después del primer fallo desfavorable, Lanús ordenó, mediante la disposición 020-DGRC-2008, crear “la Dirección de Defunciones” que quedó exactamente por encima del Departamento Central de Defunciones. El fundamento esgrimido resultó contradictorio: para “agilizar la gestión administrativa”, creó otro escalón burocrático. En el fondo, el resultado fue que Riverol, que antes del conflicto dirigía la Central de Defunciones, al ser reinstalado pasó a ser el segundo de Defunciones. El paso no fue sencillo, tanto que presentó una denuncia penal por persecución, abuso de autoridad y usurpación de cargo, entre otros items.

Según el denunciante, la disposición 085 tiene un vicio de origen: una dirección o cualquier otra estructura, sólo puede ser creada por decreto del jefe de Gobierno. Y Lanús todavía no llegó a la Ciudad.

La situación fue notificada incluso al ministro de Justicia porteño, Guillermo Montenegro, jefe de todos los denunciados ante la justicia penal, a saber, en orden descendente: el subsecretario de Justicia, Daniel Presti; el director del Registro Civil, Alejandro Lanús, y el mentado director de la nueva Defunciones, Daniel Vilariño.

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Angel Riverol, el delegado desplazado por Alejandro Lanús, al que la ciudad deberá indemnizar.
Imagen: Bernardino Avila
 
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