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El fallo de la botella

El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba ratificó que no corresponde que una embotelladora indemnice por daño punitivo a un consumidor que encontró un sobre con gel íntimo en una botella de gaseosa. No obstante, el tribunal consideró que la Cámara Civil debe resolver si corresponde la indemnización por daño moral que el hombre dice haber sufrido por el hecho. La Cervecería y Maltería Quilmes aclaró que el TSJ “rechazó la demanda y mandó revisar el fallo a la Cámara en lo que hace al daño moral, a fin de que se ponderen algunos elementos señalados por el Tribunal”. Añadió que en el fallo “quedó demostrado que, en el proceso de producción y embotellamiento de la bebida gaseosa que nos ocupa, la empresa adopta las medidas de precaución para preservar la higiene y calidad del producto que se requieren conforme a parámetros internacionales”.

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