SOCIEDAD › EL GOBIERNO DEFINE EL ALCANCE DE LA NUEVA MODALIDAD DE JUICIOS

Los jurados tienen su letra chica

El Ministerio de Justicia prevé que los juicios por jurados sólo se harán en casos de homicidios dolosos, casos de conmoción social y delitos contra la administración pública, nacional o provincial. El viernes podría estar terminado el proyecto que irá al Congreso.

 Por Alejandra Dandan

María Julia Alsogaray. El doble crimen de Santiago del Estero. La muerte de María Marta García Belsunce. Esos tres casos se ventilarían en un juicio por jurados, de acuerdo con la letra chica que se debate por estos días en el Ministerio de Justicia, que aspira a tener listo el proyecto el viernes próximo. La iniciativa forma parte de la batería de medidas lanzada por el Gobierno tras el reclamo de seguridad que ganó la calle. Será ley si logra abrirse espacio frente al lobby de la corporación judicial y a los gobiernos provinciales que enfrentará en el Congreso. Los motivos están estrechamente ligados al debate que en estos días mantiene en vigilia a los hombres del ministerio: los alcances de la ley, es decir, los delitos sobre los que los ciudadanos podrán ejercer derecho de voz y voto. Es un punto caliente que ya provocó cambios en el borrador original: alcanzaría sólo a los homicidios dolosos, casos de conmoción pública y delitos contra la administración pública, sea nacional o provincial.
El país nunca tuvo un estrado popular para los juicios a pesar de que en 1853 había sido incorporado en la Constitución. Los constituyentes de las reformas de 1960 y de 1994 volvieron a incluirlo. “Este fue el esquema que diseñó el constituyente para todos nosotros: una garantía para el imputado frente a determinado tipo de delitos”, le explicó a Página/12 Alejandro Slokar, el nuevo subsecretario de Política Criminal del Ministerio de Justicia, encargado de la letra fina del proyecto.
Aun así, nunca hubo consenso para someterlo a debate. Uno de los antecedentes más resonados fue el que presentó en diciembre de 1997 Raúl Granillo Ocampo, por entonces ministro de Carlos Menem. Aquella vez, como ahora, el proyecto estaba alentado por fenomenales reclamos de seguridad y un intento de cambio de imagen en la Justicia. El gobierno decía que en marzo de 1998 estaría sancionada la ley.
Meses más tarde, la provincia de Córdoba alentó una variable propia. El 26 de agosto de 1998, un tribunal con jurados populares fijó su primera condena contra un acusado por homicidio. Aunque ése es el antecedente más conocido, los especialistas aún no lo consideran como un “pura raza” del juicio por jurados. El modelo cordobés está inspirado en el escandino mixto, con dos jurados populares; no es un reflejo del anglosajón, base del que está diseñando ahora el Gobierno.

El nuevo proyecto

En los últimos días, el pre-proyecto de ley presentado por Gustavo Beliz durante el lanzamiento del megaplan de seguridad sufrió achiques importantes. Los fundamentales están vinculados al alcance: qué tipo de delitos serán puestos a discusión de los ciudadanos.
De acuerdo con el primer borrador, pasarían por las manos de los jurados todos los delitos con penas iguales o mayores a seis años. El borrador preveía la intervención civil sobre delitos federales e incluía a los cometidos por funcionarios contra la administración pública.
Con el paso de los días, el universo de posibilidades se achicó. La decisión obedece a varios factores: un lobby judicial profundamente crítico a la reforma y un hecho fáctico relacionado con la cantidad de delitos que entrarían bajo la órbita de los nuevos jurados. “El 80 por ciento de los delitos comprenden esa hipótesis –dice Slokar–: es una proporción desmesurada que podría plantear déficit en la implementación.” El resultado del debate en curso es un proyecto al gusto de la audiencia televisiva: los delitos con injerencia popular serán los que se produzcan en ocasión de muerte dolosa: homicidio, robo, violación o secuestro extorsivo, siempre que sean seguidos de muerte. Y los delitos contra la administración pública, previstos ya en el primer borrador. Además, está en estudio la inclusión de determinados delitos ambientales como el envenenamiento del agua cuando se hubieran producido lesiones. Aunque aún no está definido, ésa es la hipótesis por la que se inclinan los que ajustan las últimas tuercas del proyecto. Abel Fleitas Ortiz de Rozas, secretario de Política Judicial y Asuntos Legislativos con rango de viceministro, le indicó a este diario: “Se trata de delitos que por sus características tienen una gran significado público o causan una gran conmoción social”. En términos jurídicos, la selección responde a estándares universales. “Existen tres patrones estándar que se pueden considerar: escala o monto de la pena o bien jurídico en juego, o las modalidades”, agregó.

Acá o en La Quiaca

Los jurados no sólo tendrán jurisdicción federal, tal como estaba previsto. Podrán intervenir en la órbita provincial. Lo harán frente a homicidios dolosos o delitos contra la administración pública. Podrán así juzgar a funcionarios provinciales. El dato no es menor: la ley está marcando posiciones en un tablero complejo. Es un poderoso avance federal sobre las fronteras provinciales, y un avance que no necesitaría más que el acuerdo del Congreso.
–¿Cómo avanzarían sobre fronteras provinciales?
–En la Constitución hay cierta ambigüedad –dice Fleitas–. Claramente, los sistemas procesales son de carácter provincial, pero hay una norma genérica que le impone al gobierno nacional establecer el juicio por jurados. O sea, que hay interpretaciones distintas sobre cómo juega lo provincial y lo nacional en este punto específico.
El proyecto intentará crear un “régimen uniforme” para todo el país. Las herramientas jurídicas para sostenerlo son dos: el Código Penal y las disposiciones internacionales que “no nacen de un genio iluminado sino que hoy son tratados en derechos humanos incorporados a la Constitución”, dice Slokar. Si con esas disposiciones “creamos una suerte de estándar o patrón nacionales, no habría objeción al problema de principio federal”.
El escarmiento
De acuerdo con los datos del ministerio, en este momento, el rendimiento del sistema judicial tiene una aprobación de 6 a 10 por ciento en el mejor de los casos, dice Slokar. La solución del juicio por jurados “no sólo es una forma de participación ciudadana; en la filosofía estadounidense es un control para la autoridad judicial”.
El control sobre la autoridad judicial es un tema molesto. Hasta ahora, las críticas que se escucharon desde la corporación judicial no cuestionaron ese punto sino temas de forma. Se asegura, por ejemplo, que la implementación será costosa, que necesitará más recursos de los habituales, que los sistemas de seguridad para los jurados no son suficientes. Y se advierte sobre la representatividad del jurado, la incidencia de los medios de comunicación y las herramientas de juicio con las que contarán (ver aparte).
El Gobierno, en tanto, está convencido de que todo eso no es más que el mismo tipo de resistencia que se escuchó durante el proceso de puesta en marcha de los juicios orales. “La resistencia fue enorme –dice Slokar–, el proyecto elaborado durante la gestión de (Raúl) Alfonsín tenía un código técnicamente perfecto con estado parlamentario pero que el Congreso nunca trató.” Cuando asumió Carlos Menem, el proyecto se aprobó inmediatamente. “Hace diez años nadie hubiese pensado que hoy funcionaría en todo el país, excepto en la provincia de Santa Fe: quizás haya que calibrar el avance del juicio por jurados como lo que sucedió en ese momento”, dice Slokar.
No habrá que esperar diez años para verlo en marcha, pero habrá que esperar. Los jurados comenzarán a funcionar recién con el primer caso que se produzca un año después de sancionada la ley. Aún falta tiempo.

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Una escena de Doce hombres en pugna, la película que popularizó el debate de los jurados.
 
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