ECONOMíA › FALLO CONTRA LA SUBDECLARACION DE MERCADERIAS

Condena al importador infiel

El Tribunal Fiscal de la Nación confirmó la condena impuesta por la Aduana a un despachante en forma solidaria con el importador por haber subdeclarado el monto de los bienes comprados. La medida, un precedente para casos de la misma naturaleza, podría desalentar operaciones de este tipo, que afectan de modo directo a la recaudación tributaria pero también a la industria nacional, expuesta a la competencia importadora.

Según explicó ayer el titular de la Aduana, Ricardo Echegaray, el fallo “reafirma que los precios absurdos, viles, irrisorios o poco creíbles y no razonablemente explicados generan responsabilidad del importador y del despachante de aduana que lo representa. Esta es una decisión de la Justicia que trae seguridad y transparencia al comercio exterior argentino”, celebró.

Según fundó aquel Tribunal, la responsabilidad del despachante emerge del hecho de que su diligencia, o el debido cumplimiento de sus obligaciones como auxiliar del Servicio Aduanero, no consiste solamente en documentar los valores de factura para que sea aplicable la defensa exculpatoria –ajustarse el despachante a las instrucciones de su comitente– sino que requiere un conocimiento técnico adecuado en la materia.

A juicio de las autoridades aduaneras, la sentencia sirve de “soporte” al pretendido cambio estructural del comercio exterior, por el cual el gobierno aspira a dejar de lado la “apertura ingenua de los ’90”. En ese proceso, según subrayó Echegaray, “ha sido muy difícil hacer frente a importadores inescrupulosos que arman empresas fantasma, documentan importaciones a precios viles y, cuando concluimos los procesos de fiscalización, vamos a reclamarles a empresas que de un día para el otro desaparecen”.

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