SOCIEDAD › HACE DOS AñOS QUE EN UNA COMISIóN DE DIPUTADOS CAJONEAN UNA LEY CONTRA LA VIOLENCIA DE GéNERO

Una ley que no sale de proyecto

El proyecto de avanzada para evitar la violencia contra las mujeres fue aprobado en la Comisión de Familia y fue enviado a la Comisión de Justicia. Hace dos años ya había seguido el mismo recorrido, pero en Justicia fue cajoneado y perdió estado parlamentario.

 Por Mariana Carbajal

Un proyecto de ley integral que mejorará la prevención y sanción de la violencia de género que sufren las mujeres en el ámbito familiar obtuvo dictamen de la Comisión de Familia de la Cámara de Diputados, pero corre riesgo de no llegar este año a ser tratado en el recinto, como viene ocurriendo desde hace dos años: al parecer, la violencia machista no es un tema prioritario en el Congreso, aunque cada tres días muere al menos una mujer en la Argentina a manos de su pareja, ex esposo, novio, ex novio o concubino, de acuerdo con un monitoreo de los femicidios –publicados en los medios– realizado por Amnistía Internacional.

La iniciativa fue elaborada por la diputada de la Coalición Cívica Marcela Rodríguez, quien desde 2002 viene batallando por la sanción de la normativa, con el apoyo de la kirchnerista Juliana Di Tullio. La última versión, que presentó en agosto de este año, incorporó los avances legislativos de leyes similares aprobadas en México y España. El proyecto amplía la definición de violencia e incluye entre las conductas que podrán denunciarse aquellas que ocasionen daño emocional y disminuyan la autoestima, como tratos humillantes y vejatorios, vigilancia constante o frecuente, celos excesivos, intimidación o chantaje. Las mujeres podrán pedir protección judicial frente a actitudes violentas de novios o ex novios: actualmente las denuncias se limitan a cónyuges o concubinos, según la ley nacional 24.417, aunque algunas normativas provinciales ya avanzaron en ese mismo sentido, dado que no es menor el número de adolescentes y jóvenes que sufren violencia en el marco de un noviazgo.

Entre otras novedades, prevé que el juez pueda ordenar en la sentencia que el agresor indemnice a la víctima por las consecuencias del maltrato sufrido, como gastos de mudanza, legales, médicos (en algunos casos sufren fractura de mandíbula u otras lesiones graves), psicológicos, de alojamiento, reparaciones de la propiedad, y también lucro cesante. Si el agresor no cumple las medidas ordenadas por el magistrado para proteger a la víctima, se le podrán imponer multas a favor de la víctima o la realización de trabajos comunitarios.

El proyecto obtuvo la semana pasada dictamen en la Comisión de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia que preside Di Tullio. Y ya fue girado a la de Justicia, encabezada por el oficialista Luis Cigogna, donde esta semana entró en el temario a nivel de asesores, pero no llegó a empezar a discutirse. Salvo que se extiendan las sesiones extraordinarias, no quedaría plazo para que se trate allí. Y después debería pasar por la Comisión de Presupuesto y Hacienda. Hace dos años ocurrió algo muy similar: se aprobó en Familia y Justicia lo cajoneó. En aquel momento, sus integrantes prometieron darle dictamen en 2007, pero no cumplieron y la iniciativa perdió estado parlamentario.

¿Por qué es importante la sanción de una ley de estas características? Porque implica un salto cualitativo en relación a la normativa nacional vigente. La ley 24.417 de violencia doméstica, a catorce años de su aprobación, requiere mejoras: se trata de una ley de procedimientos, es decir, indica cómo debe actuar la Justicia civil ante denuncias de ese tipo, pero no avanza más. El proyecto de Rodríguez agiliza la respuesta judicial: en 48 horas el magistrado que interviene –del fuero civil– tiene que dictar alguna medida de protección a la víctima sin esperar ningún informe de riesgo como ocurre en la actualidad, informes que a veces demoran semanas o meses. El proyecto enumera un amplísimo listado de medidas de protección que no se limitan a la exclusión del hogar del agresor. Además, elimina cualquier mecanismo de mediación, expresamente contraindicado en casos de violencia de género, en los que hay una relación desigual entre víctima y victimario. Hoy están previstos y algunos magistrados ordenan que se utilicen. También establece que se debe dictar una sentencia y en ella se puede disponer, conforme a un diagnóstico especializado, la inserción del agresor –si él acepta– en programas específicos de tratamiento integral de la conducta violenta.

Pero más allá de los aspectos que tienen que ver con el procedimiento judicial, la iniciativa crea el Programa Nacional para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres y Asistencia a las Víctimas en el ámbito del Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales, al que le adjudica extensas funciones. En definitiva, esta iniciativa propone dar cumplimiento a las obligaciones asumidas por el Estado al suscribir la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, que en el país es ley nacional.

“Es una lástima que pase otro año sin que se apruebe una ley integral de violencia de género. Mientras la ley sea incompleta más mujeres seguirán siendo lesionadas o muertas por sus parejas o ex parejas”, señaló la diputada Rodríguez a este diario. Al menos 110 mujeres fueron asesinadas entre el 1º de marzo y el 31 de octubre de 2008 en la Argentina a manos de sus parejas, novios o ex, según el monitoreo de casos de violencia registrados en medios de comunicación impresos y online de la Capital Federal y las provincias que realiza Amnistía Internacional. Lo que significa que la cifra es parcial y probablemente sea, incluso, aún mayor.

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Entre otras novedades, prevé que el juez pueda ordenar que el agresor indemnice a la víctima.
Imagen: Telam
 
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