SOCIEDAD › EL JUEZ DE LA CORTE SUPREMA RAúL ZAFFARONI CUESTIONó LA FIGURA DEL AVENIMIENTO

“Una pieza arqueológica del Código Penal”

El magistrado se expresó en contra del instituto que le permitió a Marcelo Tomaselli recuperar la libertad luego de haber violado a su pareja, a quien después asesinó. Los tres bloques legislativos de La Pampa pidieron el jury contra los dos jueces que lo autorizaron.

 Por Mariana Carbajal

El juez de la Corte Suprema Raúl Zaffaroni cuestionó el instituto del avenimiento, al que calificó como “una pieza arqueológica” del Código Penal. Zaffaroni se refirió así a la figura que le permitió a Marcelo Tomaselli recuperar la libertad luego de haber violado a su pareja, Carla Figueroa, de 19 años, a quien asesinó ocho días después de salir de la cárcel. “¿Por qué el delito de violación es el único que puede tener esa excusa absolutoria? Sería más lógico que lo tuviera el robo: me llevo algo, lo devuelvo, pido perdón, en fin, arreglo la casa un mes, tiene más razón. Pero en la violación con violencia, violación propia, me parece que es una pieza arqueológica que quedó en el Código”, opinó y se sumó así a las múltiples voces críticas que en los últimos días reclamaron la derogación de ese beneficio, por el cual un tribunal puede acceder a perdonar a un violador si la víctima así lo pide, siempre que haya una relación afectiva previa entre ambos y que ella no actúe bajo presión y su consentimiento sea dado de forma libre y plena. Consultado sobre la pena que le podría caber a Tomaselli por el femicidio de su flamante esposa, Zaffaroni recordó que al tratarse de “un homicidio calificado por el vínculo”, le corresponde “prisión perpetua, la pena más grave” prevista en el Código Penal.

Paralelamente, integrantes de los tres bloques legislativos de La Pampa presentaron una denuncia al Jurado de Enjuiciamiento contra los dos jueces del Tribunal de Impugnación que otorgaron el 2 de diciembre el avenimiento a Tomaselli. Los magistrados son Carlos Flores y Gustavo Adolfo Jensen. En la presentación pidieron que se determinen y evalúen las medidas que correspondan acerca de la conducta de los magistrados, al avalar el pedido promovido por el abogado defensor del imputado, Armando Agüero, el penalista más mediático de General Pico. Agüero renunció a la defensa tras el femicidio de la adolescente, ocurrido en la madrugada del último sábado. Tal como informó Página/12, cuatro jueces –los tres integrantes de la Audiencia de Juicio de Pico y el único magistrado que votó en disidencia del Tribunal de Impugnación de La Pampa– y los dos fiscales que investigaron la violación habían advertido que se trataba de una maniobra de la defensa para liberar al acusado y que Carla podría haber sido manipulada y por la propia condición de víctima de un ataque sexual no estaba en condiciones emocionales de dar un consentimiento libre para pedir el avenimiento, como exige el Código Penal.

La denuncia contra Flores y Jensen fue presentada en la mesa de entrada del Superior Tribunal de Justicia de La Pampa por los presidentes de los bloques del PJ, Daniel Lovera, del Frente Pampeano Cívico y Social (Frepam), Carlos Olivero y de Comunidad Organizada, Sandra Fonseca. Las tres fuerzas consensuaron darle impulso al jury. El martes, un grupo de mujeres y varones pampeanos, indignados por el accionar de los magistrados en el caso, había elevado una nota a la Legislatura en la que reclamaron que sean sometidos a un juicio político por mal desempeño de sus funciones. Ahora será el Jurado de Enjuiciamiento el que determine si se avanza con el jury. El órgano está integrado por el presidente del Superior Tribunal de La Pampa, dos abogados de la matrícula y dos diputados, uno del oficialismo y otro de la oposición.

La vida de Carla Figueroa estuvo signada por la violencia machista desde la cuna. Cuando tenía ocho meses de vida, su papá asesinó a su mamá, y ella, desde entonces, fue criada por su abuela materna. A los 15 años quedó embarazada de Tomaselli. Mantuvieron una relación afectiva, pero en marzo la pareja se separó. Un par de meses después, él fue a buscarla a la salida de su trabajo con la excusa de conversar, la llevó a un descampado y la violó amenazándola con un cuchillo. Se le imputó el delito de “abuso sexual agravado por el uso de arma”, con una pena de 8 a 20 años de prisión. Cuando el caso ya iba a ser elevado a juicio oral y las pruebas en su contra eran contundentes de acuerdo con la investigación que llevó adelante la fiscal Ivana Hernández, la defensa de Tomaselli propuso el avenimiento y Carla aceptó, a pesar de que había manifestado mucho temor de que su ex pareja recuperara la libertad. De hecho, en los últimos días se conoció una entrevista que había dado a un canal de La Pampa poco después de la violación, donde expresaba claramente ese miedo. El planteo del avenimiento fue rechazado por unanimidad en primera instancia el 4 de octubre por la Audiencia de Juicio de General Pico: los tres jueces consideraron que la adolescente no estaba en condiciones de dar un consentimiento en forma libre y plena por la violencia sufrida. La pareja apeló el 18 de octubre y el 28 de ese mes se casó. Finalmente, el Tribunal de Impugnación de La Pampa, con los votos de Flores y Jensen, concedió el beneficio a Tomaselli en fallo dividido. Y a los ocho días de recuperar su libertad, el joven asesinó a su flamante esposa.

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“¿Por qué el delito de violación es el único que puede tener esa excusa absolutoria?”, se preguntó el juez Raúl Zaffaroni.
Imagen: Bernardino Avila
 
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