SOCIEDAD › DICTAN LA PREVENTIVA A LA PERIODISTA Y AL PASTOR DE CORONEL SUáREZ

Servidumbre y abuso sexual, pero no secuestro

La jueza Susana Calcinelli dictó la prisión preventiva a la periodista Estefanía Heit y a su pareja, el supuesto pastor Jesús Olivera, por reducir a la servidumbre a Sonia Marisol Molina, y consideró que éstos no la secuestraron ni trataron de matarla. La magistrada advirtió que la víctima fue sometida a “técnicas de manipulación”, “lavado de cerebro” y con respecto a la pérdida de peso, más de 20 kilos, sostuvo que Molina aceptó ayunar “motivada en sus creencias religiosas”. En la resolución se señala que los abusos sexuales denunciados “fueron realizados por Olivera y que los mismos no fueron presenciados por Heit”, quien se mostraba “incrédula” cuando Molina se los contaba. Para la fiscal María Marta Corrado, la resolución “reafirma que los hechos han pasado” y demuestra que hay “elementos suficientes para mantener la prisión preventiva” de los acusados.

La jueza interina del Juzgado de Garantías Nº 1 de Bahía Blanca consideró que Molina, de 33 años, fue reducida a la servidumbre por Heit, de 29, y Olivera, de 28, y que éste además abusó sexualmente de ella, como consta en la declaración de la víctima y en el pedido de prisión preventiva de la fiscal. Los hechos investigados ocurrieron en la casa que la pareja comparte en la ciudad de Coronel Suárez y fueron denunciados el 12 de noviembre por Molina, tras permanecer tres meses en esa vivienda. En su resolución, la jueza no dio por probada la tentativa de homicidio ni la privación ilegítima de la libertad coactiva, sugeridas por Corrado.

“Se ha acreditado que los imputados redujeron a la víctima, Sonia Marisol Molina, en las circunstancias de tiempo y lugar obligándola a tolerar el sometimiento a situaciones de maltrato físico y psicológico, con agresiones físicas contra todo su cuerpo y quemaduras, lesiones estas de carácter leve”, indica el fallo. Respecto del secuestro denunciado, la magistrada advirtió, en base a testimonios existentes en la causa, que está probado que la víctima salió del domicilio de la pareja para hacer cobranzas o trámites y estuvo sola por momentos y no huyó.

Por estos motivos, Calcinelli descartó el encuadre de la fiscal, que incluía la privación ilegítima de la libertad, e impuso la figura de reducción a la servidumbre. “Son los elementos de prueba analizados los que acreditan que Molina se ha encontrado sometida al poder y voluntad de Heit y Olivera, quienes la redujeron a un estado de negación de su naturaleza humana, al punto de cosificar su existencia y dominar su voluntad”, dice la resolución. Más adelante se aclara que esta reducción puede darse sin secuestro, “ya que la esencia del delito radica en el sometimiento de la víctima a la voluntad del sujeto activo”.

En la resolución judicial, se señala que Molina fue manipulada por la pareja cuando ella vivía en su ciudad natal, Río Colorado, en la provincia de Río Negro, donde vendió su casa a dos compradores distintos para entregar el dinero a Olivera. Luego, al trasladarse a Coronel Suárez fue reducida a la servidumbre “por la violencia constante a la que fue sometida, tanto por los golpes que se le han propinado como por las amenazas que se le han proferido”. Todo esto, agrega el fallo, “en el marco del presunto grupo religioso” Centro Cristiano Amar es Combatir.

“Se trata el presente de un claro caso de acciones de oportunistas que han utilizado esos sentimientos religiosos o espirituales para explotar, estafar y utilizar a Molina”, señaló la jueza. Por su parte, la fiscal de Delitos Sexuales bahiense opinó que “la reducción a la servidumbre es un delito sumamente grave, que existieron lesiones graves que tienen que ver con el estado de la víctima que se ha constatado”.

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