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Viernes, 8 de julio de 2011

“Se prohíbe la oferta sexual por cualquier medio”

 Por Mabel Gabarra *

El decreto 936/2011 firmado por la presidenta de la Nación constituye junto con las leyes 26.364 de Prevención y sanción de la trata de personas; 26.485 de Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y la ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual, un cuerpo normativo de avanzada en lo que se refiere al respeto de los derechos humanos de las mujeres.

El decreto presidencial establece que ésta es una norma de orden público, por lo tanto de cumplimiento obligatorio, en todo el territorio del país y prohíbe los “avisos que promuevan la oferta sexual o hagan explícita referencia a la solicitud de personas destinadas al comercio sexual, por cualquier medio”, por lo cual podemos considerar que la transmisión de estas ofertas por medios gráficos, escritos, volantes, telefónicos está prohibida en nuestro país a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.

El desafío es ahora su efectiva implementación.

* Investigadora del Observatorio de Violencia contra las Mujeres.

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