20:04 › NO RECONOCE LA FACULTAD DE COMERCIO INTERIOR

Marinelli suspendió "provisionalmente" la venta de papel de diario a un precio uniforme

El juez Contencioso Administrativo, Ernesto Marinelli, hizo lugar a una medida cautelar contra la resolución de la Secretaria de Comercio Interior, que disponía que Papel Prensa, empresa de la cual el Estado es socio minoritario, debía vender el papel de diario que produce a un precio uniforme a todos sus clientes, sin descuentos especiales, de acuerdo con lo que establece la Ley de abastecimiento.

Marinelli, en su fallo, sostiene que "advirtiendo que no es materia de las presentes actuaciones la consideración del ejercicio de la competencia delegada por la Ley de Abastecimiento que el Poder Ejecutivo Nacional eventualmente concretara en forma directa y en el marco de un decreto, cabe concluir, provisionalmente, que la resolución número 1/2010 de la Secretaría de Comercio Interior resulta probablemente inconstitucional por carecer de facultades para dictarla".

Se trata del anuncio que había hecho el ministro de Economía, Amado Boudou, el pasado 6 de enero, en medio del conflicto político y judicial provocado a ráiz de la creación del Fondo del Bicentaenario y de la remoción del destituido presidente del Banco Central. En aquella oportunidad, Boudou dio a conocer la resolución a través de la cual se establecía un precio de venta uniforme del papel para diarios que produce la firma Papel Prensa, resolución que al día siguiente fue publicada en el en el Boletín Oficial, con l afirma del secretario de Comercio Interior, Guillermo Moreno.

Papel Prensa recurrió a la Justicia para solicitar una medida cautelar por considerarla "nula" e "inconstitucional". La empresa adujo que "la consecuencia que esta medida produce en el stock de contratos de la empresa es irreversible y gravosa al extremo, pues la aplicación de la inconstitucional resolución la obligaría a renegociar simultáneamente todas sus relaciones comerciales".

Ahora, Marinelli, el mismo juez que instruye durante la feria el caso del Banco Central, en reemplazo de su colega María José Sarmiento, decidió suspender en forma cautelar esa resolución. El juez analizó las facultades que tiene la Secretaría de Comercio Interior a la hora de dictar sus resoluciones, y señaló que "si eventualmente se concluyera -liminarmente, y con el grado de provisionalidad que atañe a los juicios que el juez vierte en el marco de pronunciamientos cautelares- que la autoridad que la emitió probablemente carecía de facultades para dictarla, entonces resultaría innecesario el tratamiento de los restantes defectos que, en orden a su validez, se achacan a la misma norma".

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