14:43 › LA PLATA SE DISTRIBUIRá ENTRE LOS DAMNIFICADOS

El Gobierno multó a Edesur y Telefónica por los cortes de junio

El Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) sancionó mediante la resolución 379/2010 con una multa de poco más de 20 millones de pesos a la empresa distribuidora de energía eléctrica, mientras que la compañía de telecomunicaciones deberá pagar otros 30 por una sanción de la Comisión Nacional de Comunicaciones. Los montos se distribuirán entre los vecinos de los barrios porteños de Flores, Floresta y Caballito, que sufrieron a suspensión de los servicios durante el 2, 3 y 4 de junio.

El Directorio del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) sancionó mediante la resolución 379/2010, a la empresa Distribuidora Sur S.A. (EDESUR) por 20.428.569 pesos, a distribuirse entre los usuarios de esa concesionaria.

La sanción corresponde al corte que se produjo los días 2, 3 y 4 de junio del corriente y que afectó, entre otros, a los barrios Flores, Floresta y Caballito de la Capital Federal, se informó en un comunicado.

Los fundamentos de la medida adoptada por el Ente Regulador se refieren a la falta de mantenimiento del sistema y a la demora en la restitución del servicio y por otra parte, el ENRE exige a la empresa que arbitre los recaudos para evitar la ocurrencia de eventos como el citado.

En tanto, la Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC) multó a Telefónica de Argentina en 30 millones de pesos por cortes en los servicios de telefonía básica y celular que afectaron a más de medio millón de personas en la ciudad de Buenos Aires. Los cortes producidos entre el 3 y 5 de junio en las centrales Parral, Culpina, Vernet, Flores, Nazca y Rosario y afectaron 140 celdas de telefonía celular en la misma zona. Teniendo en cuenta que cada celda atiende entre 3000 y 3500 clientes, los afectados fueron más de medio millón de usuarios.

A través de las resoluciones 2300 y 2301, la CNC sancionó a Telefónica Móviles y a Telefónica de Argentina con una multa de 15 millones de pesos a cada una, se informó en un comunicado. El decreto 62/90 establece que las empresas licenciatarias deben asegurar la "continuidad, regularidad, igualdad y generalidad de la prestación de servicios públicos a su cargo y que las empresas no se eximirán de las sanciones del caso cuando la infracción o el incumplimiento cometidos provocaran perjuicios irreparables y adquiera grave repercusión social".

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