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La Corte postergó la aplicación de otro “decreto de necesidad y urgencia” de Macri

La Corte Suprema decidió postergar hasta el 15 de febrero la transferencia de las escuchas judiciales desde la órbita de la Procuración General de la Nación a la de la propia Corte por la cantidad "medios humanos y materiales" que involucra. Con la firma de sus tres miembros, el tribunal entendió que “no es posible llevar adelante de inmediato esa misión, dada su especificidad, en tanto involucra la organización de medios humanos y materiales así como una prolija tarea reglamentaria".

El presidente Mauricio Macri había reformado por decretos de necesidad y urgencia otras dos leyes votadas por el Congreso. La primera transfería las escuchas telefónicas judiciales de la órbita de Inteligencia a la Procuración General de la Nación, y la segunda ponía en vigencia el sistema acusatorio a partir del 1 de marzo, que implicaba que las investigaciones quedaran a cargo de los fiscales y que los jueces actuaran como garantes del proceso penal.

El decreto 257/2015 publicado en el Boletín Oficial establece que el nuevo Código Procesal Penal "entrará en vigencia de conformidad con el cronograma de implementación progresiva que establezca la Comisión Bicameral de Monitoreo e Implementación" de esa norma, cuya responsabilidad es del Congreso nacional, "previa consulta con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación".

El DNU también suspende las partidas presupuestarias establecidas para la puesta en marcha del nuevo Código y la creación de nuevas estructuras, y prevé un "mecanismo progresivo de asignación de recursos para atender las erogaciones que demande la efectiva implementación".

Según los considerandos, "la implementación en las actuales condiciones pondría en grave riesgo la correcta administración de Justicia". Pero tanto esta norma como la del traspaso de las escuchas están vinculadas a la presión del Gobierno sobre la procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, para que renuncie a su cargo.

Respecto de las escuchas, el decreto 256/2015 indicaba que la Corte "dictará el reglamento de funcionamiento del DICOM", que estará a cargo "de UN (1) juez penal con rango de Juez de Cámara, quien será designado por sorteo y durará en sus funciones por un plazo de UN (1) año y no podrá ejercerlas nuevamente hasta transcurrido un período de CINCO (5) años".

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