EL PAíS

La democratización del Poder Judicial

Un espacio de debate sobre los cambios en la Justicia.

Democrática y legítima

OPINION

Por Carlos Gonella *

En la audiencia celebrada ayer en el juicio donde se investigan las violaciones a los derechos humanos durante el terrorismo de Estado en el campo de concentración La Perla, de Córdoba, la testigo Nidia Teresita Piazza, a través de un testimonio francamente desgarrador, hizo referencias a ciertas actitudes de algunos magistrados y funcionarios judiciales –no en tiempos de la dictadura cívico militar, sino en los años posteriores– que nos llevan a reflexionar a quienes ocupamos un lugar dentro del sistema judicial. El panorama actual en este ámbito se encuentra atravesado por un intenso debate sobre diversos temas que permanecieron encorsetados durante muchos años, siendo uno de ellos la necesidad de democratizarlo y legitimarlo. En este sentido, se ha generado una línea de discusión centrada en la existencia de muchos funcionarios que ingresaron durante la dictadura y se reciclaron en democracia. El problema no es la categoría en sí misma “judicial que ingresó durante la dictadura”, pues tal aseveración sería injusta para algunos, sino las actitudes que adoptaron otros durante y tras el régimen dictatorial. A través del colectivo “Justicia legítima”, muchos compañeros y compañeras judiciales intentamos vehiculizar la discusión de diferentes modos. Este espacio es uno de ellos. Por eso se me ocurrió recordar algunas líneas extraídas del terrible relato de Nidia Teresita Piazza para que continuemos la reflexión. Ella contó que en 1983, una vez que fue anulada la sentencia a 20 años de prisión que le impuso un consejo de guerra por asociación ilícita, tenencia de arma, encubrimiento y abandono de persona, fue puesta a disposición de la Justicia federal, en la que estuvo imputada en prisión preventiva hasta mayo de 1984, siendo absuelta en 1987. Fue muchas veces a declarar. El juez era Gustavo Becerra Ferrer y los secretarios, Luis Rueda y Raúl Sánchez Freytes. Ante Rueda declaró varias veces, siempre sin abogado defensor. Una vez le contó que en el Hospital Militar 141 se acercó Luciano Benjamín Menéndez y le dijo que se portara bien porque si no la iban a llevar de nuevo a los campos de concentración. La respuesta que recibió de Rueda fue: “Señora, eso complica las cosas”. En el año 1996 comenzó a trabajar sobre la problemática de los derechos humanos junto a los entonces legisladores de Córdoba Josefina Piana y Atilio Tazioli. A ellos les relató esos episodios en la Justicia. También contó que por esos días, en un programa de televisión conducido por el periodista Carlos Sagristani (actual jefe de Noticias de LV3), Rueda recordó que ella había sido juzgada por abandonar a su marido. Tomó eso como una represalia mediática por lo que les contó a los legisladores.

El Gringo Córdoba, esposo de Nidia Teresita Piazza, llegó agonizando al hogar el 10 de abril de 1977 con una herida de bala en la espalda. Le pidió que no buscara ningún médico ni lo llevara a un hospital porque seguro lo irían a secuestrar. Lo enterraron en el patio de la casa de un amigo. Con mucha emoción, pero sin quebrarse, explicó que tomó esa decisión para que no muriera en manos de sus asesinos. Que quería que pasara sus últimos minutos abrazado a ella y rodeado de amor. A la semana, mientras iba a hacerse un chequeo por su embarazo de tres meses, fue secuestrada por una patota que la llevó a La Perla, donde la torturaron, incluso en el vientre. De allí pasó a otro campo de concentración conocido como La Ribera; luego pasó a la cárcel. En octubre tuvo su tercera hija en la maternidad provincial esposada a la cama.

Luis Roberto Rueda es el actual presidente de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba. No es la primera vez que un testigo en los juicios de derechos humanos lo menciona como parte del sistema judicial oprobioso. La semana pasada, el otro fiscal federal que actúa en el juicio de La Perla, Facundo Trotta, solicitó se investigue tanto a Rueda como al ex juez Gustavo Becerra Ferrer (ya jubilado) a raíz de los dichos de la testigo María Patricia Astelarra, quien indicó que esos funcionarios amenazaban a los testigos-víctimas y que actuaban en connivencia con la “patota” de Luciano Benjamín Menéndez, en referencia al ex jefe del Tercer Cuerpo del Ejército, que es uno de los imputados del juicio. Durante el juicio celebrado en el 2010 por la masacre alevosa de los presos políticos del Establecimiento Penitenciario N° 1 de Cordoba (UP1), Carlos Alfredo Yanicelli, uno de los acusados perteneciente al Departamento de Informaciones D-2 de la policía de Córdoba, involucró a Rueda al ubicarlo dentro del aparato de inteligencia de la dictadura. Por esos mecanismos de autoprotección que mantiene el sistema, la acusación quedó en la nada.

* Fiscal a cargo de la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos de la Procuración General de la Nación. Coadyuvante en causas por violaciones a los DD.HH. durante la dictadura cívico-militar en Córdoba.

La familia judicial

OPINION

Por Horacio Santiago Rebón *

En la causa que investigó distintas irregularidades en la Morgue Judicial entre los años 1976 y 1980, es decir durante la última dictadura, aparecieron comprometidos funcionarios y ex funcionarios del Poder Judicial, en especial los integrantes en ese período de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal (1).

Si bien se sobreseyó la causa por prescripción, el juez Luis F. Niño dejó sentado que “el delito ha existido” y que la conducta del entonces presidente de la Cámara “satisface con holgura prima facie los requisitos típicos previstos en el artículo 284 del Código Procesal Penal”, verificando el “incumplimiento de la normativa atinente a toda investigación por causa de muerte violenta o sospechosa de criminalidad (...), incumplimiento que abarca el depósito y retiro de restos humanos sin mediar abducción en el ámbito de la Morgue Judicial (...)”.

Durante el curso de la investigación, varios jueces se “excusaron de intervenir” al declararse “vinculados por lazos de amistad, o camaradería académica, social y hasta deportiva” con los implicados.

El juez Eduardo Mugaburu adujo que entre los magistrados investigados se encontraba uno “por intermedio de quien logré ingresar a la Justicia de Instrucción” y otro “actual titular de cátedra de Derecho procesal en la que me desempeño como profesor adjunto” (sic).

El juez Rolando Fortich Baca señaló “la relación de amistosa y cordial, proviene trascendiendo lo estrictamente funcional, de la conformación de un grupo de camaradería por ambos integrados, que semanalmente se reúne con fines sociales y deportivos...” (sic).

Luis Carlos Longobardi mencionó como causa de excusación “un trato frecuente y muy cordial por ser colega de la facultad...” con alguno de los implicados.

A su turno, el juez Fernando E. Laffite invocó “públicas manifestaciones laudatorias y de profundo cariño en ocasión de ponerme en posesión del cargo que detento” por uno de los investigados.

Al llegar el expediente, por las sucesivas excusaciones, al Juzgado de Instrucción en lo Criminal Nº 3, a cargo entonces de Carlos A. Oliveri (2), éste se pronunció “sorprendido por la celeridad de esta verdadera corriente excusatoria”, y alertó y denunció que los “argumentos esgrimidos por los excusados conformaban una verdadera ‘familia judicial’, fruto de una imbricada red de relaciones funcionales –y mayoritariamente– extrajudiciales que liga a los magistrados y ex magistrados del fuero, desde los más antiguos camaristas hasta los flamantes colegas del suscripto” (sic).

Oliveri rechazaba así las “excusaciones” intentadas por sus pares, y ya en ese pronunciamiento (7 de diciembre de 1984) se documentaba, como se ha dicho, sobre la existencia de una “familia judicial”, a la que caracterizaba como un “fenómeno sociológico de explicable génesis”.

Creo no equivocarme si le atribuyo al digno magistrado la creación de tan certera definición.

Como parte de esta “explicable génesis” puede traerse a la memoria la Acordada 6/92 (25/2/92) de la Corte Suprema de Justicia del “menemismo” que “derogó” los artículos 8 y 12 del decreto-ley 1285/58 de Organización de la Justicia Nacional, que establecían que “no podrán ser, simultáneamente, jueces del mismo tribunal colegiado parientes o afines dentro del cuarto grado civil. En caso de afinidad sobreviniente, el que la causare abandonará el cargo” (art. 8) y que “no podrá ser designado secretario o prosecretario al pariente del juez dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad” (art. 12). Al decir de Foucault, la constitución de una forma de ilegalismo específico, cerrado y controlado, ilegalismo directamente conectado con los aparatos políticos y económicos.

Sirva esta “brevata histórica” para ahondar en el conocimiento del fenómeno sociológico denunciado y corregir su génesis (su ADN); será uno de los elementos que, sumado a las tantas medidas propuestas en estos días, nos permitirá revertir el estado de cosas que deslegitiman hoy al Poder Judicial y avanzar en su tan proclamada democratización.

* Abogado. Docente.

(1) Gómez Salvador María Elena, Gard de Antokoletz s/denuncia infracción al art. 284 del Código Penal.

(2) Uno de los pocos jueces que tramitó los hábeas corpus e investigó las desapariciones forzadas de personas durante la dictadura. En su juzgado tramitó la causa en la que se investigó la desaparición de los conscriptos Luis Pablo Steimberg y Luis García del Colegio Militar de la Nación y que permitió la detención del último presidente de facto, Reynaldo Benito Bignone. Desde estas líneas, mi homenaje y reconocimiento.

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