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Todo lo que usted quiere saber sobre la reforma

Muchas son las dudas por las modificaciones al régimen previsional privado. Algunas tienen respuestas; en otras faltan detalles por conocer.

 Por Claudio Zlotnik

¿Qué conviene hacer? ¿De qué depende la decisión? ¿Qué pasará con los fondos ahorrados por los afiliados que se pasen al sistema de reparto? A continuación, las claves de la medida anunciada ayer por el Gobierno.

1 ¿Durante cuánto tiempo se podrá optar por el sistema de reparto?

Será por 180 días a partir de la sanción de la ley, que será tratada el mes que viene. Una vez cerrado el ciclo, el Ejecutivo podrá reabrir esa posibilidad a los cinco años. La libre opción podrá realizarse hasta los 50 años en el caso de las mujeres y hasta los 55 para los hombres.

2 ¿Conviene pasarse ahora de una AFJP al régimen de reparto?

Depende de la edad del afiliado. También de que se mantengan las actuales condiciones de rentabilidad de las AFJP, un escenario que conlleva incertidumbre. Página/12 consultó a especialistas en el sector previsional y la conclusión fue la siguiente: teniendo en cuenta que el Estado reemplazará la actual Prestación por Permanencia (del 0,85 por ciento sobre el salario promedio de los últimos diez años) por una Prestación Compensatoria (elevando la proporción al 1,5 por ciento), el régimen de reparto sería hoy recomendable para las personas de más de 49/50 años. A los más jóvenes, y siempre y cuando las AFJP conserven la rentabilidad histórica del 9,8 por ciento anual en términos reales, les convendría el sistema de capitalización.

3 ¿El nivel salarial influye sobre la decisión?

No, porque las variables que se toman en cuenta (ya sea la Prestación por Permanencia o la Compensatoria) dependen de porcentajes del salario y no hay cambios en las reglas según cuál sea su monto.

4 ¿Qué pasará con los denominados “indecisos”?

Bajo el sistema actual, los nuevos trabajadores que al cabo de tres meses no eligen alguna administradora o piden expresamente quedarse en el régimen de reparto se los sortea entre las AFJP con las menores comisiones de acuerdo con el nivel salarial. El proyecto oficial da un giro de 180 grados a esta situación e indica que los “indecisos” permanecerán en el Estado. Hay que tener en cuenta que sólo 3 de cada 10 personas eligen su sistema en forma voluntaria. Por ese motivo, esta modificación es de fondo para el actual régimen de jubilaciones.

5 ¿Bajarán las comisiones de las AFJP?

La comisión tiene dos componentes: el seguro y los gastos administrativos. En el primer caso, el costo asciende, en promedio, al 1,42 por ciento del sueldo mientras que el segundo, al 1,11 por ciento. Un total del 2,53 por ciento del salario. El Gobierno planteó, de ahora en más, que la comisión tendrá un techo del 1,0 por ciento del salario. Ese costo será para cubrir los gastos administrativos. Los seguros se costearán de la rentabilidad de los fondos administrados por las AFJP, pero todavía se desconoce la fórmula para calcular ese costo, que también estará a cargo del afiliado.

6 ¿Qué sucederá con los fondos ahorrados por los afiliados que se pasen al sistema de reparto?

Seguirán siendo administrados por las AFJP. Por esa tarea, las administradoras cobrarán una comisión, pero su costo deberá ser definido en la reglamentación de la ley. También debe definirse la composición del haber jubilatorio de aquellas personas que ya aportaron al Estado, a las AFJP y que ahora retornan al Estado.

7 ¿Cuál es el principal atractivo de la jubilación pública?

La certeza para el jubilado de lo que le abonará el Estado. No obstante, aún resta definir la cláusula de ajuste que tendrán esos haberes. En cambio, en el sistema privado no hay garantías sobre el monto de la jubilación, con la excepción de la AFJP Nación, que garantiza una rentabilidad del 4 por ciento anual.

8 ¿Qué pasa si el Gobierno anuncia un aumento en las jubilaciones?

Hasta el momento, cada vez que el Ejecutivo incrementó los haberes les garantizó a los afiliados a las AFJP el haber mínimo. Distinto sería en caso de que el ajuste lo haga por ley, habilitando una movilidad del “Módulo Previsional”, que ahora está en 80 pesos. En ese caso podría dejar excluidos a los afiliados a las AFJP.

9 ¿Cuál será el tratamiento especial para los afiliados mayores?

Las mujeres de más de 50 años y los hombres de más de 55 que hayan capitalizado menos de 20 mil pesos en sus cuentas podrán reingresar al sistema público en cualquier momento. El Gobierno les da esa chance y los rescata porque, si no, cobrarían por debajo de la mínima.

10 ¿Por qué habrá cambios en el sistema de seguros?

El objetivo es abaratar los seguros que paga el afiliado a las AFJP. Los riesgos de invalidez y muerte serán cubiertos por un sistema mutualizado entre las administradoras. Será una compañía en la que tendrán participación las 12 AFJP.

11 ¿Habrá un costo para traspasarse de régimen?

No. Será totalmente gratuito.

12 ¿Qué pasa si una persona que pasó al Estado se arrepiente?

Puede volver al sistema privado en cualquier momento, así como también aquellos que optaron por el régimen de reparto y quieren afiliarse a una administradora.

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La libre opción podrá realizarse hasta los 50 años en el caso de las mujeres y hasta los 55 para los hombres.
 
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