SOCIEDAD › EMOTIVA AUDIENCIA EN EL SENADO CON ESPECIALISTAS Y FAMILIARES DE PACIENTES

El turno del debate sobre la muerte digna

Expertos en bioética, derecho penal, religión y derechos humanos expusieron sus puntos de vista en una reunión conjunta de comisiones. Estuvo presente Selva Hebrón, que viene pidiendo la muerte digna para su hija Camila Sánchez.

Por primera vez, un grupo de expertos expusieron en el Senado sus posturas sobre la muerte digna, en una audiencia conjunta de las comisiones de Salud, Legislación General, Presupuesto y Hacienda, y Trabajo, convocada como inicio del debate de los proyectos de ley. Especialistas en bioética, derecho, neurología, derechos humanos y religión reflexionaron en una sala en la que además estuvieron presentes Selva Herbón, la mujer que con la historia de su nena movilizó la actual discusión parlamentaria, y Susana Bustamante, la mamá de Melina González, la joven de 19 años que murió de cáncer en marzo pasado tras un doloroso proceso por el que pedía que la dejaran morir. “Si no hay vida digna, debe haber muerte digna”, aseguró la familiar de una niña que “murió con dignidad” y que contó por primera vez públicamente su historia.

“En su juramento hipocrático el médico no se compromete a curar, aunque después lo logre, sino a dar lo mejor para el paciente. Pero resulta que, muchas veces, lo mejor para el paciente no es la cura”, explicó ayer el profesor titular de la Facultad de Derecho de la UBA Ricardo Rabinovich, en el Salón Manuel Belgrano del edificio Senador Alfredo Palacios. “Eso tiene que ver con el huidizo concepto de la dignidad” y da cuenta de la “necesidad de una legislación distinta para la temática tanto para reglamentar en lo civil como en el Código Penal argentino”, afirmó a la sala, que se encontraba repleta.

En esa línea, el profesor en bioética de la Universidad de Morón Daniel Chaves diferenció el concepto de “muerte digna” con el de eutanasia, que sí está penada bajo la figura de homicidio. “Eutanasia, según el texto del proyecto de ley del senador Samuel Cabanchik, significa buena muerte y eso puede generar confusión si se lo asocia a la muerte digna. Existe una trinchera entre ambas”, definió. Bajo la idea de muerte digna, especificó, se comprenden “el rechazo voluntario de tratamientos y el ajuste de esfuerzos terapéuticos”, mientras que por eutanasia se habla de una inducción activa y directa a la muerte. Quitar un respirador artificial para no prolongar el tiempo de vida estaría comprendido en lo primero.

En total, los senadores presentaron cinco proyectos que abordan la modificación de los derechos del paciente, el consentimiento informado, la protección de la calidad de vida frente a diagnósticos médicos y la incorporación del Registro de Voluntad Anticipada para que cualquier persona pueda consignar su decisión ante una eventual situación límite. El más completo, según la mayoría de los oradores, es el de Cabanchik, aunque la concepción general es que sería necesario “limar impurezas y unificarlo con el resto”. En la norma se contempla la limitación de los tratamientos médicos que mantienen a una persona con vida, no así a la facilitación directa de la muerte.

De este primer planteo de los alcances del proyecto nace un problema: cómo y quién decidirá sobre el paciente cuando el involucrado no se encuentre en condiciones de hacerlo. Es el caso de Camila Sánchez, por ejemplo. La niña nació con una hipoxia cerebral que no le permitió respirar y que la dejó en estado vegetativo permanente y con pronóstico de que su situación es irreversible. Para este escenario, “cuando el paciente esté en situación de incapacidad de hecho, la prestación de consentimiento se realizará por la persona designada a tal fin en la declaración de voluntad anticipada –una suerte de testamento sobre el proceso terminal de la persona–, por la persona que actúe como representante legal, por el cónyuge o por la persona involucrada por análoga relación de afectividad”, define el texto del proyecto de ley de Cabanchik.

“Celebro que el proyecto de Cabanchik contenga esa instancia y que se entienda que no por suprimir los soportes vitales de vida se tengan que quitar los cuidados paliativos, entendidos como los cuidados psicológicos, analgésicos, espirituales y de afectividad necesarios en el trance final”, destacó en la audiencia la especialista en bioética Florencia Luna.

Por su parte, el director del Centro de Bioética, Persona y Familia, que depende de la Universidad Católica Argentina, Nicolás Lafferriere, destacó tres elementos necesarios, a su juicio, para entender la muerte digna y la legislación a la que se la una: “Primero, no matar. Es legítimo renunciar a un tratamiento cuando el tratamiento es desproporcionado, cuando la muerte es irreversible, pero nunca renunciar a la alimentación y a la hidratación porque son los cuidados básicos y lo induce a una muerte muy cruel”.

“Hay un conflicto claro entre cantidad y calidad de vida”, sostuvo por su parte el juez de Cámara en lo Penal de Tucumán, Carlos Caramutti. Para él, habrá que diferenciar entre eutanasia directa, indirecta, activa y pasiva. Y la sanción de un proyecto de ley de muerte digna, en su opinión, “requeriría una modificación clara del derecho penal”. Si no, “un médico al que le planteen la objeción a los tratamientos se verá en una situación de temor. ‘¿Si lo hago, no es un homicidio?’”, señaló el letrado.

En el caso de Camila Sánchez, bajo ese argumento los médicos se negaron a desconectarla.

Informe: Rocío Magnani.

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Sofía Caram, la hermana de una niña que pudo morir dignamente, es abrazada tras su intervención por las madres de Camila y Melina González.
Imagen: Joaquín Salguero
 
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