SOCIEDAD › LA CáMARA NO ENCONTRó PRUEBAS CONTRA EL úNICO ACUSADO POR EL CUáDRUPLE CRIMEN DE LA PLATA

De máximo sospechoso a falta de mérito

En fallo dividido, la Sala II de la Cámara de Apelaciones platense dispuso la falta de mérito para acusar a Osvaldo Martínez y ordenó su inmediata libertad. Consideraron que las dos pruebas más fuertes, el ADN y el remisero, no lo inculpaban.

Por dos votos contra uno, la Sala II de la Cámara de Apelaciones de La Plata ordenó la falta de mérito al karateca Osvaldo Martínez, acusado por el cuádruple crimen de La Plata, y, por lo tanto, ordenó su inmediata libertad. Los jueces Carlos Silva Acevedo y María Riusech consideraron que no existían pruebas contundentes para dictar el procesamiento ni la detención del karateca e hicieron especial hincapié en que las pruebas más fuertes (el ADN y el testimonio del remisero Marcelo Tagliaferro) dejaban fuera a Martínez. En cambio, el juez Alejandro Villordo consideró probada la responsabilidad primaria de Martínez y que debía permanecer detenido por peligro de fuga. Por la tarde, el karateca abandonó su lugar de detención, el penal de Olmos.

El expediente había llegado a la Cámara de Apelaciones y Garantías por presentación del defensor de Martínez, Julio Beley, en desacuerdo con el procesamiento y la preventiva dictados por el juez Guillermo Atencio. Los jueces de la Sala II, Silva Acevedo y Villordo, emitieron sus votos y quedaron uno a uno, por lo que fue convocada la jueza Riusech, subrogante de turno, quien coincidió con Silva Acevedo.

El voto de los tres jueces es coincidente en que el ADN y las declaraciones del remisero son las decisivas, pero difieren en la apreciación. Villordo asume como pruebas todos los elementos aportados por el fiscal: los testimonios de las amigas que señalan a Martínez como celoso; su celular, detectado por tres antenas diferentes, lo que indicaría que estaba en movimiento; un vecino que lo vio guardar el auto con violencia en el garage; y, especialmente, el testimonio del remisero. Silva Acevedo, en cambio, cuestiona cada una de las pruebas planteadas por la acusación. Así, sostiene que “como es evidente, considero que, por el momento, no es posible afirmar con un mínimo de certeza que dos hombres participaron en la masacre, que uno mató y el restante ‘colaboró’ (menos aún en qué se concretó esa colaboración)”.

Riusech coincide con Silva Acevedo en que en la escena del crimen sólo había un homicida: “Se trató de una escena criminal descuidada y desprolija, con sangre en el piso de todas las habitaciones, que salpicó paredes y muebles, y con pisadas que iban y venían. Quien mató a las mujeres no pudo no mancharse y no pisar la sangre, por lo que debe concluirse que las pisadas corresponden al homicida. A su vez, es difícil imaginar una persona presente en el lugar que haya podido no dejar marcas y no tener rastros en su persona y en su auto, y Martínez no los tenía”.

Tanto Riusech como Silva Acevedo admiten que Martínez es celoso, pero no consideran que esto constituya una cuestión patológica, y se apoyan en los dictámenes del peritaje psicológico. “...Respecto de los hechos investigados, no pudieron identificarse antecedentes de uso de la violencia bajo ninguna modalidad en la historia vincular de la pareja de causante con Bárbara Santos...”

La jueza agrega que “si el motivo fueron los celos, resulta inverosímil que no se ejecutara de propia mano –como sostiene el apelante–, al contrario, con la intervención de un tercero a quien no se delega simplemente, sino al que se acompaña durante el hecho”. Riusech reconoce que “la conducta humana es insondablemente misteriosa”, y, por lo tanto, admite que nada está cerrado, pero que, a la hora de evaluar las pruebas, éstas no son suficientes y “es válido hacer la reflexión en favor del imputado”.

Previamente, Silva Acevedo considera que si bien los testimonios de las amigas señalan a Martínez como celoso, en ningún momento mencionan que en la pareja existiera violencia. También analiza como contradictorio el testimonio de los vecinos. Unos porque habían visto un auto semejante al de Martínez estacionado frente a la casa del cuádruple crimen, mientras que un testigo reservado sostuvo que vio llegar al imputado a su propia casa en el auto de un acompañante y allí subir a su auto y guardarlo en el garage. El juez considera que, si el auto se encontraba en la vereda de la casa de los crímenes, no podía estar estacionado frente a la casa de Martínez, con lo que duda de ambas pruebas. Por último, también consideró que la detección del celular de Martínez fuera de su casa por el sistema VAIC de detección de señal de celulares es “de relativo valor porque se refieren a llamados anteriores a las 22 horas del 26 y posteriores a las 9 horas del 27, esto es fuera del lapso en que se produjeron los homicidios”. Ambos jueces consideraron además que la declaración de Tagliaferro, de quien no creen que haya mentido, no alcanza para demostrar la culpabilidad de Martínez, ya que éste necesariamente debería haber tenido rastros de sangre en su cuerpo y en sus ropas, aunque no se le halló nada. De ese modo, los dos elementos considerados más fuertes de la acusación, el ADN y el testimonio del remisero, no demostrarían culpabilidad de Martínez.

El fallo dejó la acusación falta de mérito, lo que implica que no se encontraron pruebas en contra de Martínez como para mantenerlo detenido o imputarlo, pero podrá seguir siendo investigado.

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Osvaldo Martínez, fotografiado en el momento en que se retiró ayer del penal de Olmos.
Imagen: Télam
 
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