SOCIEDAD › UN JUEZ PROHIBIó AL GOBIERNO PORTEñO REDUCIR LOS ESPACIOS VERDES POR LAS OBRAS DEL METROBúS

A no tocar las plazoletas de la 9 de Julio

El fallo concedió un amparo para proteger las áreas parquizadas de la avenida. Sobre los árboles, ordenó la supervisión de un organismo especializado. La sentencia “obliga a readecuar la obra respetando el parque y la arboleda”, explicó el ex legislador que presentó el recurso.

 Por Pedro Lipcovich

Un juez de la ciudad de Buenos Aires emitió una medida cautelar que, en relación con el metrobús 9 de Julio, ordena al gobierno porteño “abstenerse de reducir la superficie de espacios verdes parquizados con motivo de la ejecución de la obra”: el magistrado se refiere específicamente a las plazoletas centrales “entre avenida Belgrano y Carlos Calvo, por el Sur, y avenida Córdoba y Arenales por el Norte, que en los términos del proyecto pierden su carácter de espacio verde”. El juez, en cambio, rechazó los argumentos referidos a la pérdida de arbolado, entre otros motivos porque “en el área afectada no existe ningún ejemplar catalogado como árbol histórico o notable” y porque “el total de árboles al finalizar la obra será superior al actual”. El fallo, de todos modos, ordena al gobierno porteño, “previo a reiniciar las intervenciones sobre el arbolado”, certificar “la participación de un especialista” y “la supervisión de un organismo público reconocido”.

La medida fue dictada por Guillermo Scheibler, juez en lo Contencioso Administrativo de la ciudad de Buenos Aires, a partir de un recurso de amparo presentado por el ex legislador porteño Facundo Di Filippo, al cual se incorporaron presentaciones de la Asociación Basta de Demoler y del arquitecto Rodolfo Livingston y otros miembros de la ONG PropAMBA.

El fallo encuentra que “la obra proyectada afecta al menos diez de las extensas plazoletas centrales parquizadas (18 a 20 metros de ancho por una cuadra) entre avenida Belgrano y Carlos Calvo, por el Sur, y avenida Córdoba y Arenales por el Norte, que pierden más de la mitad de su superficie y de modo total su carácter de espacio verde parquizado”, y “no se advierte que el Estudio Ambiental del gobierno porteño haya descripto medidas para eliminar o mitigar” ese “impacto negativo permanente”. Así, “el proyecto vulneraría el mandato de no reducción de espacios verdes del artículo 27 de la Constitución de la Ciudad”. Por ello, el fallo dispone “ordenar al Gobierno de la Ciudad que se abstenga de reducir la superficie de espacios verdes parquizados con motivo de la ejecución de la obra”.

En cuanto al arbolado público, puntualiza que la Avenida 9 de Julio no está incluida entre los lugares para los que la Ley 3106 prohíbe la tala o trasplante. Observa que “la norma aprobada por el Poder Legislativo prevé expresamente la posibilidad de trasplante, tala o extracción de árboles con motivo de la realización de obras públicas”. Y señala que “en el área afectada por la obra no existe ningún ejemplar botánico catalogado como árbol histórico o notable en los términos de la Ley 3263”, por lo cual “no constarían elementos para afirmar que la decisión adoptada por las autoridades competentes se haya apartado de modo manifiestamente arbitrario o ilegítimo de las normas vigentes”.

“Sin perjuicio de ello”, advierte que “la demandada no ha acompañado información sobre quiénes son los especialistas que llevan a cabo o supervisan las tareas”, y observa que “el cronograma había previsto la realización de las intervenciones sobre el arbolado para octubre de 2012”. Por ello, el juez ordena al gobierno de la CABA que “previo a reiniciar las intervenciones sobre el arbolado público, acredite la participación de un especialista, acompañando sus datos y antecedentes y la supervisión por un reconocido organismo público especializado en la materia que pueda dar cuenta ante el Tribunal”.

El fallo señala que “no existiría una decisión expresa de los órganos competentes que asigne protección patrimonial integral a la Avenida 9 de Julio como tal, y que ésta ha sido objeto de numerosas intervenciones, la última en 2006, en diversos aspectos a lo largo de los años”. En cuanto a la Plaza de la República, “tampoco pesa sobre ella alguna catalogación o norma que la torne intangible”, “su morfología y extensión han variado a lo largo de los años” y “si bien el proyecto prevé un ‘recorte’ de sus veredas, también la ‘estira’ en dirección Norte y Sur”.

Facundo Di Filippo, dirigente del Partido Social de la Ciudad, que había presentado el recurso de amparo, sostuvo que el fallo “al establecer que el Gobierno de la Ciudad no puede avanzar sobre los espacios parquizados, lo obliga a readecuar la obra del metrobús respetando el parque y la arboleda, además de buscar una organización especializada en parquización y arbolado para que ratifique si es el camino correcto”.

Guillermo Dietrich, subsecretario de Transporte de la Ciudad, anunció que “mañana (por hoy) presentaremos la información que requirió el juez”, destacó que las obras “no se detuvieron; sólo la actividad con el arbolado”, y estimó que la construcción de las plataformas para el metrobús finalizará “en julio”. Aseguró que el fallo “le da mucha importancia a la cuestión ecológica del arbolado, que lo veníamos trabajando y le pondremos mucho foco”.

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El fallo determinó que la obra proyectada del metrobús afecta al menos diez de las extensas plazoletas centrales parquizadas.
Imagen: Leandro Teysseire
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