SOCIEDAD › LA CAMARA DE CASACION CONFIRMO LA CONDENA DICTADA PARA EL EMPRESARIO RAFAEL LEVY

Cuatro al dueño de Cromañón

La Sala III de Casación Federal confirmó la condena que había recibido Rafael Levy, dueño del local donde se produjo el incendio de Cromañón. Lo absolvió del cohecho. También confirmó la absolución del comisario Sevald por coimas.

La Cámara Federal de Casación Penal confirmó ayer la condena a cuatro años y medio contra Rafael Levy, dueño del predio en el que funcionaba Cromañón y donde el 30 de diciembre de 2004 murieron 194 personas a raíz de un incendio durante un recital de Callejeros. La resolución de la Sala III del tribunal se enmarcó en un juicio anexo al principal, en el que se juzgó y condenó al ex gerenciador del local Omar Chabán, a los integrantes del grupo de rock y a funcionarios porteños, entre otros.

Los camaristas Ana María Figueroa, Liliana Catucci y Eduardo Riggi ratificaron la condena contra Levy por el delito de incendio culposo que dictó en julio de 2012 el Tribunal Oral Criminal 24 y lo absolvieron por la acusación de cohecho.

La Sala III también confirmó la absolución por el supuesto pago de sobornos que pesaba contra el comisario Gabriel Sevald, quien estaba al frente de la seccional séptima de la Policía Federal al momento del siniestro. “No se advierte –acotó el tribunal– qué elementos de prueba objetivos permitirían establecer con certeza que Sevald participó del pacto espurio del que había sido parte el subcomisario Díaz para permitir el funcionamiento irregular del local.”

Los camaristas también pidieron al TOC 24 que se expida sobre la prescripción de la acción penal contra el ex secretario de Seguridad porteño Juan Carlos López, el ex subsecretario Enrique Carelli y el ex director de Seguridad Privada Vicente Rizzo.

En el fallo, de 153 páginas, los jueces no se pronunciaron sobre el beneficio de la libertad que tiene Levy, pese a que el TOC 24 había pedido su detención en el caso de que la condena contra el empresario quedara firme. La defensa de Levy apelará la decisión de la Cámara mediante un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia.

En ese sentido, el abogado querellante Fernando Soto afirmó que “Levy tiene muchos contactos en Israel lo suficientemente importantes como para fugarse” y advirtió que “al haber doble condena existe un riesgo altísimo de que se escape”. En el fallo, la Cámara consideró que Levy tuvo responsabilidad en el siniestro porque el empresario consiguió una habilitación como local bailable, pero Chabán organizaba recitales.

“Si Levy era el dueño del local y conforme las propias aseveraciones de la defensa ‘le alquiló’ el salón de baile a Omar Chabán, va de suyo que en el marco de ese acuerdo no podía considerarse ausente la existencia de la habilitación, pues de otra manera el establecimiento no podía funcionar”, argumentaron los camaristas.

“Siendo Levy y Chabán dos personas experimentadas en el tráfico comercial, no es posible suponer que cuando se pusieron de acuerdo en el supuesto ‘alquiler’ del salón hayan pasado por alto los términos de la habilitación; o mejor dicho, no hayan tenido en cuenta a la hora de formalizar el pacto si el local estaba habilitado o no”, agregaron.

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Rafael Levy, empresario dueño del local alquilado por Chabán para abrir Cromañón.
 
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