SOCIEDAD › LA CAMARA RECHAZO UNA DEMANDA POR ACOSO SEXUAL

Cuando la denuncia no alcanza

O bien la chica no fue abusada sexualmente por su jefe o bien –y ésta es la posibilidad que puede dejar más enseñanza–, si lo fue, no supo cómo responder adecuadamente. Una joven, que trabajaba como telemarketer, denunció a su superior por diversos avances físicos en el lugar de trabajo; él lo negó. La Cámara del Crimen rechazó la demanda, por falta de testigos y porque una pericia psicológica arrojó dudas sobre la veracidad de la denunciante. Una especialista en acoso sexual en situaciones laborales señaló que “en situaciones de este tipo, no conviene ir a juicio en términos de ‘mi palabra contra la suya’, sino buscar asesoramiento para reunir pruebas o recurrir a organismos gremiales especializados”.

La Sala I de la Cámara del Crimen porteña –integrada por Gustavo Bruzzone y Jorge Rimondi– desestimó la acusación de la joven, que trabajaba como telemarketer en una droguería, contra un gerente de la empresa. Según la empleada, los problemas se habían iniciado tras un reclamo salarial de su parte: en aquella oportunidad, según el relato consignado en el fallo, su superior “la tomó de su cintura con las manos, acercándole el rostro al suyo, por lo que ella lo empujó y le dijo que se equivocaba con ella”. La joven narró también que, en otra ocasión, el jefe “al subir la escalera, le tocó la cola en dos oportunidades”. Luego la habría llamado a su oficina para decirle que estaba ocasionando “problemas” y habría tenido otras aproximaciones físicas no consentidas. El acusado negó de plano toda veracidad a la denuncia.

Un peritaje psicológico efectuado sobre la joven “arrojó como conclusión que puede confundir los vínculos laborales con relaciones afectivas diferentes, como la amistad, por sus carencias y dificultades para encontrar un ambiente sostenedor”. Además, ella “posee una personalidad conflictiva en lo sexual; puede tergiversar y exagerar los hechos de la realidad, aunque no llega a la fabulación”.

Según advierten los camaristas, “no ha habido testigos que observaran los hechos relatados” y todos los que declararon ante la Justicia sostuvieron que “no les consta, más allá de los propios dichos de la presunta damnificada, que haya sido víctima de acoso alguno”. Para el fallo, “la sola circunstancia de que algunos de los testigos continúen cumpliendo tareas en la empresa a cargo del imputado no implica sin más que hayan sido influenciados por éste”. Así las cosas, “el firme descargo vertido por el imputado y la conflictiva relación laboral que los une” amerita, para el tribunal, homologar la resolución del juez en primera instancia que rechazó la acusación.

Ricardo Gil Lavedra –autor de un proyecto de ley para penalizar el acoso sexual en lugares de trabajo– observó que “podría haber habido testigos que, aun no habiendo presenciado el hecho, hubieran aportado indicios que lo hicieran verosímil; en este caso, al contrario, el tribunal encontró indicios que restaban credibilidad a la acusación, como lo fueron el peritaje y la ausencia de testigos”.

Zunilda Valenziano –secretaria de Igualdad de Oportunidades de la UPCN– observó que “ante una situación de acoso sexual en el lugar de trabajo, la víctima, antes de hacer la denuncia, debería armarse de pruebas: ir con su palabra contra la del otro es demasiado ingenuo”. La gremialista señaló que “hoy muchos sindicatos, por ejemplo el de Empleados de Comercio, tienen secretarías de la mujer adonde se puede ir a plantear este tipo de situaciones para recibir asesoramiento: es posible que el acosador haya tenido actitudes parecidas con otras empleadas, o dado indicios. Nosotros, cuando no hay pruebas concretas, siempre vamos al lugar: hablamos con los empleados y también con los jefes, ponemos afiches, invitamos a charlas: muchas veces eso es suficiente para que el victimario interrumpa su accionar”.

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