EL PAíS › FALLO SOBRE LA IDENTIDAD DE UN JOVEN APROPIADO

El nombre en cuestión

Federico nació en la ESMA en octubre de 1977. Mientras el terrorismo de Estado se devoraba a su madre, la esposa de un represor le entregó el bebé a una amiga de la infancia, quien junto a su marido lo inscribió y crió como hijo propio. El año pasado, cuando los estudios de ADN confirmaron que es hijo de Liliana Pereyra y de Eduardo Cagnola, el juez federal Marcelo Martínez de Giorgi ordenó modificar su inscripción en el registro de las personas: respetó el nombre de pila elegido por los apropiadores –hoy procesados en libertad–, pero ordenó agregarle Federico, como su madre lo llamó durante el embarazo y sus primeros días de vida, y con sus apellidos: Cagnola Pereyra. La negativa del joven, que también pretende “sumar” el apellido del apropiador, derivó ayer en un fallo de la Cámara Federal porteña en el que se señaló la ausencia de una legislación armónica y le encomendaron al Congreso que de forma “imperiosa” dicte las normas procesales para “subsanar la situación”.

La causa estuvo originalmente en manos del juez Jorge Ballesteros, a quien reemplazó Martínez de Giorgi. Por irregularidades en la instrucción, los camaristas Eduardo Freiler y Eduardo Farah no se pronunciaron sobre la cuestión concreta, que encomendaron ahora al juez Julián Ercolini.

La Cámara cuestionó la investigación realizada en primera instancia en base a un informe presentado en mayo de 2010 por la Unidad Especial de la Procuración General de la Nación. Sus responsables, Jorge Auat y Pablo Parenti, señalaron que los presuntos imputados “aparecen manteniendo asiduas comunicaciones telefónicas” con empleados del juzgado, que “se da noticias a las presuntas víctimas vía mail o telefónica”, y cuestionaron “la tergiversación de los fines del proceso”, porque advirtieron una “pretensión excluyente” de conocer la identidad de la víctima por encima de “las circunstancias” que rodean a la apropiación y “la identificación de los responsables”.

Fue otro, sin embargo, el motivo invocado por Freiler y Farah para no pronunciarse. En enero de 2010, Martínez de Giorgi se desprendió de la causa penal que investiga a los responsables de la sustracción y sustitución de identidad (por sorteo recayó en Ercolini, quien luego procesó a los apropiadores), pero invocando “economía procesal” y “razones metodológicas” retuvo la tramitación de la restitución de identidad. Dos meses después declaró la nulidad de la inscripción y las modificaciones señaladas, en línea con las normas que emanan de la Convención de los Derechos del Niño y del Protocolo Facultativo del Comité de Derechos Humanos. El trámite en el Registro del Estado Civil y de la Capacidad de las Personas bonaerense no llegó a concretarse ante la apelación de los abogados del joven: plantearon que le habían impuesto “una pena sin delito” que le generaban “perjuicios patrimoniales, laborales y civiles” y que “prometen producir un daño descomunal en (su) salud psíquica”. Para los camaristas, la división del expediente fue un acto inválido. Explicaron que toda la causa debió pasar a Ercolini, medida que ahora ordenaron.

Ante un planteo de los abogados de Abuelas de Plaza de Mayo, los camaristas también le ordenaron al juez de instrucción tomar medidas para poner fin a la incompatibilidad de intereses que pretende representar el abogado Miguel Angel Pierri, quien actúa en el mismo expediente en nombre de la víctima y de sus apropiadores.

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El fallo señaló la ausencia de una “legislación armónica” sobre el tema.
Imagen: Pablo Piovano
 
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