EL PAíS › LO QUE DEBEN SABER LOS USUARIOS PARA DECIDIR

Las claves sobre los anuncios

 Por Javier Lewkowicz
y Fernando Krakowiak

–¿Qué deben hacer las personas que quieren renunciar al subsidio?

–En las próximas semanas, los usuarios que quieran renunciar al subsidio podrán hacerlo por Internet, llamando a un 0-800 que se habilitará para ese fin o acudiendo a una oficina de la empresa. Si no hacen uso de ninguna de estas tres opciones, después les quedará la alternativa de completar la declaración jurada que les llegue con la factura.

–¿Quiénes serán los primeros en recibir la declaración jurada para decidir si quieren seguir cobrando o no el subsidio?

–El ministro de Planificación, Julio De Vido, descartó ayer que se les vaya a quitar el subsidio a más barrios completos, como Puerto Madero y Barrio Parque. A partir de ahora, se va a analizar el catastro municipal que sirve de base para fijar la tasa de Alumbrado, Barrido y Limpieza (ABL) y con la próxima factura los hogares de mayor poder adquisitivo, según la variable catastral, recibirán la declaración jurada para que puedan decidir si quieren seguir cobrando o no el subsidio. El Gobierno aún no definió las zonas que serán incluidas en esa primera tanda, pero podrían ser todos los barrios y partidos bonaerenses que se ubican en lo que se conoce como el “corredor norte” (Recoleta, Palermo, Belgrano, Núñez, Vicente López y San Isidro).

–¿El usuario va a saber con precisión qué monto le correspondería abonar en 2012 antes de decidir si quiere renunciar al beneficio?

–Sí, a cada usuario le va a llegar junto con la factura una declaración jurada donde deberá indicar si necesita o no ser subsidiado. Allí se le va a precisar qué monto deberá pagar en 2012 en caso de renunciar al beneficio. Para calcular esa cifra, lo que hará el Ministerio de Planificación es tomar como referencia el subsidio que ese hogar percibió durante 2011. Por ejemplo, si un hogar se vio beneficiado este año con un subsidio anualizado de 1200 pesos, en el instructivo se le detallará que, si deja de percibir la ayuda estatal, el año próximo deberá abonar 200 pesos más por bimestre.

–¿El usuario puede optar por renunciar a una parte del subsidio?

–No, la única alternativa que se le va a ofrecer es seguir con el subsidio o renunciar a él. Ahora bien, si la persona declara que quiere seguir percibiendo el beneficio, deberá justificarlo y además el Gobierno va a analizar su poder adquisitivo tomando en cuenta las bases de AFIP y Anses. Ese cruce de datos podría derivar en la quita del subsidio o eventualmente en una reducción, pero está última opción todavía no fue definida.

–¿Qué les va a pasar a aquellas personas que no respondan la declaración jurada que les llegue con la factura?

–Cada hogar recibirá una declaración jurada junto con la factura que deberá responder. Si no lo hace, con la siguiente factura se le volverá a enviar el formulario. Si tampoco hay respuesta, se considerará que ese usuario no necesita la ayuda del Estado y el bimestre siguiente ya deberá abonar el servicio sin subsidio.

–¿Qué deben hacer los inquilinos?

–También deben responder la declaración jurada, aclarando su situación y la fecha de vencimiento del alquiler. Si deciden renunciar al subsidio, dejarán de cobrarlo automáticamente y si piden seguir percibiéndolo, lo harán hasta la fecha de vencimiento de su contrato.

–¿Los usuarios a los cuales se les quite el subsidio compulsivamente pueden hacer algún reclamo en la Justicia?

–La vía judicial siempre está disponible para aquellos ciudadanos que consideran que se han violado sus derechos, pero en el Gobierno afirman que la segmentación de los subsidios según el poder adquisitivo de los hogares sigue la misma lógica que se aplica para el cobro del ABL.

–¿Qué pasa si una persona renuncia al subsidio y luego vuelve a necesitarlo porque su situación económica empeoró?

–En ese caso, va a poder tramitarlo de nuevo acreditando su situación económica y, si el Gobierno considera que cumple con los requisitos, lo volverá a cobrar.

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